Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 23/10/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 9 de octubre de 1997, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, la Fundación denominada Concurso Anual de Iniciativas y Anteproyectos para Aumentar la Riqueza de la Provincia de Almería, de Almería.

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Visto: El expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada «Concurso Anual de Iniciativas y Anteproyectos para Aumentar la Riqueza de la Provincia de Almería¯ constituida y domiciliada en Almería, Paseo de Almería, número 67.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Fundación fue constituida en Escritura Pública de fecha 12 de septiembre de 1994, ante don Francisco Balcázar Linares, Notario del Ilustre Colegio de Granada, con número de Protocolo 2.019, corregidas por el mismo Notario con fechas 24 de mayo de 1996, número de Protocolo 1.299, 30 de diciembre de 1996 con número de Protocolo 2.537 y 26 de mayo de 1997 con número de Protocolo 1.078, figurando como fundadores don Ramón Sedeño González y otros.

Segundo. Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes: Tiene como objeto único, convocar un concurso anual de iniciativas y anteproyectos para aumentar la riqueza de la provincia de Almería.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por los bienes y derechos que por disposición testamentaria de don Francisco Puerta López y cuyo importe asciende a cien millones quinientas cincuenta mil setecientas veinticuatro pesetas.

Cuarto. El gobierno, administración y representación de la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato que estará formado por tres miembros, siendo su presidente don Ramón Sedeño González.

Vistos: La Constitución española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Decreto

2930/72, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales privadas y Entidades análogas, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/83, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto

3936/82, de 29 de diciembre, y en particular sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/94, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero. Reconocer el interés público de la Entidad, e inscribir como Fundación Docente Privada en el correspondiente Registro a la Fundación denominada «Concurso Anual de Iniciativas y Anteproyectos para Aumentar la Riqueza de la Provincia de Almería¯, con domicilio en Almería, Paseo de Almería, número 67.

Segundo. Aprobar los Estatutos, contenidos en la escritura pública de fecha

12 de septiembre de 1994 y sus posteriores modificaciones de fechas 24 de mayo de 1996, 30 de diciembre de 1996 y 26 de mayo de 1997.

Tercero. Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa de acuerdo con el artículo 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se podrá interponer en el plazo de 2 meses a partir de la recepción de su notificación, recurso contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la dicta, según exige el artículo 110.3 de la citada Ley, y el artículo 57.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de octubre de 1997

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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