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De conformidad con lo dispuesto en el Título VIII, artículo 109, de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad de Andalucía, esta Consejería ha resuelto dar publicidad a las diez subvenciones concedidas a las Entidades Locales que se indican en el Anexo, en las cuantías y fechas que se relaciona, destinadas a la constitución y funcionamiento de las juntas arbitrales de consumo de ámbito local, conforme a lo dispuesto en la Orden de 11 de abril de 1997, de la Consejería de Trabajo e Industria.
Sevilla, 3 de noviembre de 1997.- La Directora General, Rosa Mar Prieto-Castro García-Alix.
ANEXO
Entidad Local Fecha de concesión Subvención concedida
Excmo. Ayuntamiento de Almería 22-9-97 1.000.000 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Cádiz 18-7-97 4.850.000 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Córdoba 18-7-97 1.197.052 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Granada 18-7-97 5.950.000 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Huelva 28-10-97 4.000.000 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Jaén 1-9-97 2.500.000 pesetas Diputación Provincial de Jaén 18-7-97 3.000.000 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Jerez 18-7-97 3.439.641 pesetas Excmo. Ayuntamiento de Málaga 18-7-97 790.000 pesetas Diputación Provincial de Sevilla 18-7-97 3.000.000 pesetas
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