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Intentada la notificación sin haberse podido practicar de la Resolución del expediente sancionador CA.037/97, incoado contra don Andrés Cerezuela Moscosío, titular del establecimiento denominado Restaurante «El Alemán¯, que tuvo su último domicilio en Avda. de Sevilla, 16, por infracción a la normativa turística, por medio del presente, y en virtud de lo prevenido en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (LRJAP y PAC), se publica el presente anuncio para que sirva de notificación de la Resolución recaída, por la que se impone una sanción de cincuenta mil pesetas y suspensión inmediata de la actividad, por infracción del art. 7.a) de la Ley 3/1986, de
19 de abril.
El plazo para el pago de la sanción impuesta será hasta los días 5 ó 20 del mes siguiente (o el inmediato hábil posterior), según que la notificación se haya producido entre los días 1 y 15, o entre el 16 y último del mes anterior, debiendo personarse en esta Delegación de Turismo y Deporte, sita en Pl. de España, 19-2º, de Cádiz, para conocer el contenido íntegro de la Resolución y proceder a la expedición del impreso de liquidación, con la advertencia de que, en caso de no ser ello así, se procederá a su cobro en vía ejecutiva de apremio.
Haciéndose saber que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Consejero de Turismo y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día de su notificación.
Cádiz, 17 de noviembre de 1997.- El Delegado, Ricardo Chamorro Rodríguez.
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