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En el expediente instruido al efecto por el Excmo. Ayuntamiento de Arjona (Jaén), se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos
22.2.1, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.
Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.
En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:
Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta pública, acordada por el Excmo. Ayuntamiento de Arjona (Jaén), en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 1997, del siguiente bien:
1. Parcela número 24 sita en el Polígono «La Cruz de Piedra¯ de Arjona (Jaén), que linda al frente con la
calle «B¯, derecha entrando con la parcela 23; izquierda con la parcela 25 y fondo con la parcela 18, con una superficie de 700 m. Siendo su destino de uso industrial.
Inscripción: Tomo 2.026, Libro 339, Folio 134, Finca 20.226, Inscripción 2ª Valor pericial de la parcela: Dos millones quinientas veinte mil pesetas (2.520.000 ptas.).
2. Parcela número 25 sita en el Polígono «La Cruz de Piedra¯ de Arjona (Jaén), que linda al frente con la calle «B¯, derecha entrando con la parcela 24; izquierda con la parcela 26 y fondo con la parcela 17, con una superficie de 700 m. Siendo su destino de uso industrial. Inscripción: Tomo 2.026, Libro 339, Folio 136, Finca 20.227, Inscripción 2ª Valor pericial de la parcela: Dos millones quinientas veinte mil pesetas (2.520.000 ptas.).
Notifíquese la presente Resolución al Excmo. Ayuntamiento de Arjona y remítase al BOJA para su publicación.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes desde la publicación de la misma en el BOJA, recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 9 de diciembre de 1997.- La Delegada, María del Mar Moreno Ruiz.
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