La Junta
Consejo de Gobierno
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Incoado expediente sancionador SE/118/96 M., y formulado por el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno la correspondiente resolución en fecha 17-1-97, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en su último domicilio, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la citada resolución, significándole que la misma, así como la propuesta de resolución, quedarán de manifiesto para el interesado en la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, sita en Avda. de la Palmera, 24, durante un plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la presente notificación.
Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador de referencia seguido a Repara, S.L., con núm. de registro ECJ-010437, CIF B41116971, y domicilio en 41927 Mairena del Aljarafe (Sevilla), C/ Tarragona, 3, Pol. Ind. Lepanto, y de acuerdo con los siguientes
H E C H O S
1. Con fecha 16-1-1997 el Instructor del expediente de referencia formuló Propuesta de Resolución, la cual se ajusta en sus términos a lo previsto en el art. 38.2 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (LJA) y 55.4 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio (RMRA).
2. En la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales, en especial el procedimiento sancionador previsto en el Título VIII de la LJA y en el Título V, Capítulo II del citado reglamento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. El art. 39 de la citada Ley y 56.1 RMRA establecen que la conformidad del órgano competente para resolver elevará a Resolución la propuesta formulada en los términos legales.
2. El art. 51.1.a) RMRA en relación con los arts. 6 y 10 del Decreto
512/1996, de 10 de diciembre, por el que se crean y regulan las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, atribuyen al Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía la competencia para resolver el presente expediente.
Vistas las disposiciones citadas, la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás normas de general aplicación.
R E S U E L V O
Elevar a Resolución la propuesta formulada por la Instrucción en el presente expediente, imponiendo a la entidad mercantil Repara, S.L., la sanción de multa de quinientas mil ptas. (500.000 ptas.) e inutilización de la máquina a que se refiere este expediente conforme a lo establecido en el art.
48.2.c) RMRA al faltarle a la máquina su documentación fundamental.
La sanción podrá hacerse efectiva en la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla desde el día de la notificación de la presente resolución, con apercibimiento de que si no consta en dicha Delegación el pago de la sanción, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio, una vez esta resolución sea firme en vía administrativa.
Contra esta Resolución, que no pone fina a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de conformidad con lo establecido en los arts. 107.1 y 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de enero de 1997.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.
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