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Habiéndose dictado con fechas de 19 de julio de 1996 Orden de la Excma. Sra. consejera de Cultura, por la que se acuerda el reintegro de la subvención concedida a don Mariano Maresca García-Estellez con fecha 14 de septiembre de 1992 por importe de nueve millones de pesetas (9.000.000 pesetas), y habiéndose intentado practicar al interesado la notificación directa de la citada Orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al domicilio designado por aquél, cursada la notificación mediante correo certificado con acuse de recibo, y habiendo sido devuelto por el Servicio de Correos, desconociéndose otro domicilio del interesado.
En vista de lo cual, por el presente anuncio se notifica a D., Mariano Maresca García-Estellez, el texto íntegro de la Orden antes aludida, indicándole que contra este acto administrativo, que es definitivo y agota la vía administrativa, podrá interponer los siguientes recursos:
1.- Si considera que existen vicios invalidantes o que no es ajustado a Derecho el procedimiento formal seguido para la ordenación del pago o cualquier incidencia o implicación financiera en relación con el mismo, cabe interponer Reclamación Económico-Administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de la Junta de Andalucía, en el plazo de quince días hábiles desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, cabiendo la previa y potestativa interposición de recurso de reposición frente al órgano que dicta el presente acto, en el plazo de quince días, a contar desde la presente notificación; todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 6 del Decreto 175/1987, de
14 de julio (BOJA nº 75, de 4 de septiembre) respecto de los Organos competentes para conocer de las reclamaciones económico-administrativas en el ámbito de la gestión económica, financiera y tributaria de la Junta de Andalucía, y su Disposición Tributaria Primera y el 88 del Real Decreto
391/1996 de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento en las reclamaciones económico-administrativas (BOE nº 72, de 23 de marzo).
2.- En cualquier otro caso, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de la interposición del Recurso a la Excma. Sra. Consejera de Cultura.
El texto íntegro de la citada Orden es el que se transcribe a continuación:
"ORDEN DE LA CONSEJERA DE CULTURA POR LA QUE SE ACUERDA EL REINTEGRO DE LA CUARTA PARTE DE LA SUBVENCION CONCEDIDA EN EL EJERCICIO DE 1990 A D. MARIANO MARESCA GARCIA-ESTELLEZ PARA LA EDICION DE CUATRO NUMEROS DE LA REVISTA "FABRICA DEL SUR".
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Sevilla, 4 de octubre de 1996.- La Viceconsejera, Claudia Zafra Mengual.