Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de febrero de 1997, adoptó acuerdo disponiendo la convocatoria de una plaza de Encargado del Parque Móvil, aprobándose las bases por las que se han de regir y que se transcriben a continuación:
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION, UNA PLAZA DE ENCARGADO DEL PARQUE MOVIL, VACANTE EN LA PLANTILLA LABORAL DEL AYUNTAMIENTO
1. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición de una plaza de Encargado del Parque Móvil, vacante en la plantilla del personal laboral con un nivel retributivo equivalente al grupo «D¯ de titulación.
2. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el Concurso-Oposición, será necesario:
- Ser español.
- Estar en posesión del título de Graduado Escolar.
- Tener 18 años cumplidos.
- Estar en posesión del permiso de conducir clase B-1.
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Local o Institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No hallarse incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad específica para el desarrollo de las funciones públicas.
- No hallarse incurso en causa de incompatibilidad para el desarrollo de las funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria.
3. Sistema selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
3.1. Fase de concurso: Serán objeto de valoración los siguientes méritos, previa justificación documental que habrá de ser suficiente y deberá ser unida a la instancia por la que se solicita tomar parte en el proceso selectivo.
- Experiencia profesional como Maestro-Encargado de taller o equivalente de Organismos de la Administración Pública: 0,5 puntos por año o parte proporcional hasta un máximo de 2 puntos.
- Experiencia profesional como Maestro-Encargado de Taller equivalente en la empresa privada: 0,25 puntos por año o parte proporcional hasta un máximo de
2 puntos.
- Cursos y seminarios: hasta 1 punto, valorándose en función de su duración y contenido.
3.2. Fase de oposición:
1º Contestar por escrito en el plazo máximo de 2 horas a 2 temas elegidos entre 4 insaculados previamente, 2 del Grupo I y 2 del Grupo II del programa anexo.
2º Consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico sobre las tareas a realizar en un período máximo de 2 horas, pudiendo a criterio del Tribunal, realizarse una entrevista en la que se formularán cuantas cuestiones se estimen sobre el supuesto realizado. Se calificará cada uno de las pruebas de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener 5 puntos en cada uno de ellas para superarla, refiriéndose la puntuación total a la media de los obtenidos en ambos ejercicios.
4. Solicitudes.
4.1. Forma y lugar de presentación: Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán presentar la correspondiente solicitud en el registro general de entrada del Ayuntamiento o en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, debiendo acompañar recibo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, que serán de 2.000 ptas. y que se podrán hacer efectivos en la Caja del Ayuntamiento o mediante giro postal o telegráfico.
4.2. Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes serán de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.
5. Admisión de candidatos.
Lista provisional: Finalizado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía se dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. La resolución se publicará en el BOJA y contendrá lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios.
El plazo de subsanación de los defectos de acuerdo con lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, será de diez días.
Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución de la Alcaldía, por la que se aprueba la lista definitiva, que será hecha pública, asimismo, en el tablón de Edictos del Ayuntamiento.
6. Composición, constitución y actuación de los órganos de selección.
6.1. El Tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente: El Alcalde-Presidente o Concejal en quien delegue. Secretario: El Secretario de la Corporación o persona en quien delegue. Vocales:
- El Jefe del Parque Móvil y S.E.S.
- Un representante del Comité de Empresa.
- Un representante de la Junta de Andalucía.
- Un Técnico designado por la Alcaldía-Presidencia.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.
En la convocatoria figura la composición nominal del Tribunal.
6.2. Actuación y constitución del Tribunal Calificador. No se podrá constituirse ni actuar sin las asistencias, como mínimo, del Presidente y cuatro vocales.
7. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamientos único. Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un opositor a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluidos, en su consecuencia del procedimiento selectivo.
8. Calificación de la oposición.
La calificación definitiva del Concurso-Oposición será la suma de las obtenidas en las fases de Oposición y Concurso.
9. Lista de aprobados y propuesta del Tribunal Calificador.
9.1. Publicación de la lista.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la realización de aprobados, por orden de puntuación, en el tablón de Edictos del Ayuntamiento.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.
9.2. Elevación de la lista y acta de la última sesión.
Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la realización expresada a la Alcaldía para su contratación.
10. Presentación de documentos.
El aspirante propuesto aportará al Departamento de Personal los documentos acreditativos de que posee la condición de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, en el plazo de 20 días naturales a partir de la publicación de la lista de aprobados.
PROGRAMA ANEXO
ANEXO I
1. La Constitución Española de 1978. Principios generales.
2. El Gobierno y la Administración del Estado.
3. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. El Parlamento Andaluz. El Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.
4. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.
5. Organización municipal. Competencias.
ANEXO II
1. Sonda Lambda y catalizador.
2. Aire acondicionado.
3. Airbag.
4. Sistema antibloqueo de frenos (ABS).
5. Circuito de engrase.
6. Circuito de refrigeración.
7. Motor Diesel.
8. Chasis.
9. Embrague.
10. Dirección.
11. Elementos de suspensión.
12. Ruedas y neumáticos.
13. Mono-Jetronic (inyección electrónica).
14. Componentes electrónicos en el automóvil (sensores, suspensores, unidades de mando, etc.).
Marbella, 27 de febrero de 1997.- El Alcalde.
Descargar PDF