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Al no haberse podido notificar al interesado la notificación del expediente de resolución de contrato de obras, en virtud del artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) se expone al público el siguiente Decreto de la Alcaldía, dictado con fecha 13 de febrero de 1997:
DECRETO DE LA ALCALDIA
«Considerando. Que el 13-2-91 se formaliza el contrato de colaboración para la instalación de la fuente luminosa con "Obras y Proyectos Medio Ambientales, S.L.", por importe de 9.000.000 ptas. Prestando como garantía definitiva un aval de la "Compañía Española de Seguros de Crédito y Caución", por un importe de 600.000 ptas.
Considerando. Hasta la fecha se han presentado las siguientes certificaciones con los importes siguientes:
- 6 de marzo de 1991: 1.400.000 ptas.
- 29 de abril de 1991: 3.226.944 ptas.
- 17 de julio de 1991: 2.616.441 ptas.
Lo que supone un montante total de 7.243.385 pesetas de los 9.000.000 de pesetas establecidos en el contrato de obra. Por tanto, no se han presentado las Certificaciones de Obras, ni la Certificación de terminación de obra, momento en que se le pagaría el resto de la cantidad estipulada en el contrato.
Considerando. Que en la Cláusula 3ª del contrato celebrado con dicha empresa el día 13 de febrero de 1991 se establece: "La fecha de entrega de la obra terminada y puesta en funcionamiento será antes del día dos de mayo de mil novecientos noventa y uno".
Y vistos los artículos 60, 96, 97 y 114 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,
HE RESUELTO
Primero. Iniciar el expediente de Resolución de contrato de colaboración para la instalación de la fuente luminosa con "Obras y Proyectos Medio Ambientales, S.L.", por importe de 9.000.000 ptas.
Segundo. Dése audiencia al interesado, durante el plazo de 15 días.
Tercero. Dése cuenta al interesado, e insértese en el Libro de Resoluciones¯.
Huelma, 5 de marzo de 1997.- El Alcalde, Francisco Vico Aguilar.
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