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Una vez firme la Resolución dictada por el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación con fecha 9 de noviembre de 1996, notificada reglamentariamente el 25 de enero de 1997, según BOJA núm. 11, por la que se le imponía a don David Bonilla Saavedra, expediente sancionador H-158/96-E.P., una sanción de veinticinco mil pesetas (25.000 ptas.), por infracción a la normativa sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, habiendo adquirido firmeza una vez transcurrido el plazo para presentar el recurso correspondiente, sin que conste en este Centro.
La cuantía de la sanción podrá hacerse efectiva en cualquier entidad colaboradora, utilizando la carta de pago núm. 339591, a partir del día siguiente a la presente notificación, y de acuerdo con la normativa vigente, de la siguiente forma: Si dicha notificación se efectúa entre el 1 y el 15 del mes en curso, el período voluntario será hasta el día 5 del mes siguiente; si la notificación se hace entre el 16 y el 30 del mes en curso, el período voluntario será hasta el 20 del mes siguiente, con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda en vía de apremio.
El Secretario General. Fdo.: Miguel A. Torres Díaz.
Huelva, 11 de abril de 1997.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.
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