Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 13/01/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 12 de septiembre de 1996, por la que se autoriza la prórroga de la aprobación de modelo de los contadores de energía eléctrica que se cita.

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Vista la petición interesada por la entidad «Landis Gyr Española, Sociedad Anónima¯, domiciliada en calle Estornino, núm. 3, Sevilla, en solicitud de autorización de prórroga de la aprobación de modelo de los contadores de energía eléctrica modelos ZMT102.1r14 y ZMT102.2r14, trifásicos, a cuatro hilos, para energía activa, de 5(6)A, en 3 x,5/110 V, 50 Hz de 120 por 100 de sobrecargabilidad y clase 0,2 S, aprobados por Resolución de 14 de mayo de 1987 (BOE de 28 de mayo), la Consejería de Trabajo e Industria de acuerdo con lo previsto en el artículo

17.10 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de metrología, y el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, por el que se establece el control metrológico que realiza la Administración del Estado.

Considerando el informe técnico emitido por Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. (VEIASA), en fecha 16 de julio de 1996, en el que se manifiesta la comprobación de que los contadores conservan las características técnicas que se le exigieron para su aprobación,

RESUELVO

Primero. Autorizar la prórroga de aprobación de modelo por un plazo de validez de dos años, a partir de la fecha de la publicación de la presente Resolución, a favor de la entidad «Landis Gyr Española, Sociedad Anónima¯, de los contadores modelos ZMT102.1r14 y ZMT102.2r14, trifásicos, a cuatro hilos, para energía activa, de 5(6)A, en 3 x,5/110 V, 50 Hz de 120 por 100 de sobrecargabilidad y clase 0,2 S.

Segundo. Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad interesada, si lo desea, solicitará de la Consejería de Trabajo e Industria nueva prórroga de aprobación de modelo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de dicho orden en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 12 de septiembre de 1996

GUILLERMO GUTIERREZ CRESPO

Consejero de Trabajo e Industria

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