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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; arts. 109.1, 112.2, 113,
118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85, de 2 de abril, y demás preceptos de general aplicación.
El art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 6/81, de 30 de diciembre, confiere a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de Régimen Local.
El Decreto 29/1986, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su art. 3 atribuye a este Organismo la competencia para prestar conformidad a los expedientes de permuta siempre que las cuantías de los mismos no supere el 25% de los recursos ordinarios del presupuesto de la Corporación.
A fin de dar cumplimiento a los acuerdos adoptados por el Ayuntamiento Pleno de Alcalá de Guadaira en sesiones celebradas los pasados días 10 de marzo y
20 de julio del presente año, por los que se aprueba la permuta de unos terrenos de propiedad municipal, calificados como bienes patrimoniales, por el siguiente bien futuro:
Empasa se compromete a construir viviendas en dichos terrenos cediendo al Ayuntamiento la propiedad de 252,50 m construidos de locales comerciales en bruto, siendo la descripción de los bienes la siguiente:
De la finca matriz sita en el lugar conocido como «La Nocla¯, se van a segregar 4.287 m que corresponden a la Unidad de Actuación núm. 39 «Quinta Santísima Trinidad¯, objeto de la permuta. Linda a la derecha con finca de don Carmelo Hornillo Correa; a la izquierda y al fondo, con finca de la Empresa Oripondo, S.A.
La valoración asignada a los terrenos es de 21.435.000 ptas. Inscripción Registral: Registro de la Propiedad de Alcalá de Guadaira, al Tomo 761, libro 457, folio 67, finca núm. 27.511, inscripción 2ª
Los solares a construir por Empasa tienen la misma valoración económica. Por cuanto antecede, y al amparo de la legislación invocada,
HE RESUELTO
1. Prestar conformidad a la permuta de los bienes antes descritos.
2. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3. Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira.
Sevilla, 4 de diciembre de 1996.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.
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