Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 21/06/1997

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 4 de junio de 1997, de la Dirección General de Administración Local, por la que se revoca el nombramiento provisional de don Miguel Angel Peralta Roldán como Interventor del Ayuntamiento de Monachil (Granada).

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Visto el expediente instruido a instancia de don Miguel Angel Peralta Roldán, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, DNI 3.825.875, para la revocación del nombramiento provisional como Interventor del Ayuntamiento de Monachil (Granada), en el que figuran tanto el escrito de fecha 2 de junio de 1997 por el que el interesado solicita la revocación del nombramiento provisional en el puesto de trabajo de Intervención de la citada Corporación, como el Decreto de la Alcaldía de la misma fecha, en el que se da por enterado de la revocación solicitada por el mencionado funcionario, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.5 del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Revocar el nombramiento provisional de don Miguel Angel Peralta Roldán, como Interventor del Ayuntamiento de Monachil (Granada), quedando en expectativa de nombramiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 53.1.b) del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el art. 109, apartado d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General, de conformidad con el art. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 4 de junio de 1997.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.

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