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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Málaga, y en su uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de Taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE BENALMADENA (MALAGA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Bajada de bandera 429,00 ptas. Valor del salto 5,56 ptas. Valor Km. 89,00 ptas. Tarifa horaria 194700 ptas.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 19 de junio de 1997
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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