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La puesta en marcha de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, ha supuesto una profunda transformación de las enseñanzas, así como de los Centros.
Con el objetivo de acometer esta transformación, la Consejería de Educación y Ciencia ha elaborado el documento sobre la Red de Centros en Andalucía que va a suponer una guía de indudable valor en la toma de decisiones en materia de creación, supresión y modificación de Centros. Dicha red aporta, incluso, información relativa a la situación por los que, transitoriamente, deberán pasar los Centros antes de llegar al modelo definitivo.
Con el objetivo de garantizar una adecuada coordinación académica y administrativa en la etapa transitoria de aplicación de la Red de Centros, se hace necesario tomar determinadas medidas, entre las que figura la extinción o integración en otros Centros de diversas Secciones de Educación Secundaria Obligatoria.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Artículo 1. Las Secciones de Educación Secundaria Obligatoria que se relacionan en el Anexo I, se integran en el Centro del que dependen.
Artículo 2. Se extinguen las Secciones de Educación Secundaria Obligatoria que se relacionan en el Anexo II.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Las Direcciones Generales de la Consejería de Educación y Ciencia deberán arbitrar o adoptar cuantas medidas sean necesarias para el estricto cumplimiento de la presente Orden en el ámbito de sus competencias.
Segunda. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de julio de 1997
MANUEL PEZZI CERETTO
Consejero de Educación y Ciencia
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