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El Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios, precisa en su Disposición Adicional Primera que la Consejería de Asuntos Sociales transferirá anualmente a las Corporaciones Locales de Andalucía, que se acogieron al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de enero de
1989, los créditos correspondientes a la Administración Autonómica y del Estado, necesarios para garantizar la continuidad de los efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.
Por ello, y en virtud de la Orden de 21 de enero de 1998, por la que se regula la Cooperación con las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios con población superior a veinte mil habitantes, pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Servicios Sociales Comunitarios, esta Delegación Provincial ha resuelto hacer pública la transferencia de las aportaciones autonómica y estatal a las Entidades Locales siguientes:
Entidad: Ayuntamiento de Huelva.
Importe: 139.844.000.
Entidad: Diputación Provincial de Huelva. Importe: 246.169.000.
Huelva, 3 de septiembre de 1998.- La Delegada, Mª Luisa Faneca López.
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