Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
A efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada infructuosamente en el último domicilio conocido, en Colombia, núm. 1, se procede a la notificación a doña Angeles Vera Hita de la Resolución de la Dirección General de Formación Profesional y Empleo por la que se declara el incumplimiento de la finalidad de la subvención concedida en el expediente MJRS
091/95-AL y se declara la desestimación del recurso ordinario. Contra la Resolución que se notifica, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de su notificación, en los términos previstos en los artículos 37, 57, 58 y demás concordantes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de
1956, modificada por las Leyes 10/1973, de 17 de marzo, y la citada de 26 de noviembre de 1992, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 30 de septiembre de 1998.- El Director General, Antonio Toro Barba.
Descargar PDF