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A tenor de lo dispuesto por los artículos 39.7 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con objeto de conseguir mayor agilidad administrativa, se hace necesario acordar la delegación que en la presente Orden se especifica.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me están conferidas por la legislación vigente,
DISPONGO
Artículo único. Se delega en la Ilma. Sra. Directora General del Salud Pública y Participación, para el solo acto que se expresa, la competencia para suscribir un Convenio de colaboración entre la Consejería de Salud y la Escuela Andaluza de Salud Pública para desarrollar determinadas carteras de trabajo durante el año 1998.
Disposición final única. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de octubre de 1998
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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