Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 03/12/1998

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Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 23 de octubre de 1998, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza una planta de cogeneración de energía térmica y eléctrica de la empresa Enernova Ayamonte, SA, situada en el término municipal de Ayamonte (Huelva). (PP. 3587/98).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 3 de junio de 1997, la empresa Enernova Ayamonte, S.A., con domicilio social en Sevilla, Avda. de la Buhaira, núm. 2, solicitó la autorización del proyecto para unas instalaciones ubicadas en la factoría de la empresa Acuinova Andalucía, S.A., ubicada en la finca denominada «El Dique¯, sita en el término municipal de Ayamonte (Huelva).

Segundo. De acuerdo con el artículo 9º del capítulo III de Decreto 2617/1966 se sometió el expediente a información pública, publicándose anuncios en el BOJA (20.8.98) y en el BOP (21.8.98).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas es competente para conceder la citada autorización según lo dispuesto en el Título I, artículo 13.14 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 132/1996, de 16 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 316/1996, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria.

Vistos los preceptos legales citados, así como la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional y el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas.

Visto el informe favorable ambiental emitido por la Comisión Interdepartamental Provincial de Medio Ambiente de Huelva.

Visto el informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, a propuesta del Servicio de Energía,

R E S U E L V E

Autorizar a Enernova Ayamonte, S.A., la instalación de cogeneración mencionada anteriormente, cuyas características principales serán:

- Grupo turboalternador de gas compuesto por una turbina de gas alternador de 12.820 Kw.

- Grupo turboalternador de vapor compuesto por una turbina de vapor y alternador de 6.750 Kw.

- Transformador de 25 Mva. 66/11 Kv.

- Transformador 2 Mva. 11/0,4 Kv.

- Transformador 1,6 Mva. 15/11 Kv.

La presente autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sin perjuicio de las que correspondan conceder a otros organismos para instalaciones anejas a la planta que queden fuera de las competencias de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas.

La citada instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación de su proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Capítulo IV del citado Decreto 2617/1966, de

20 de octubre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en un plazo máximo de 9 meses. Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización, a cumplimentar lo que para concesión de prórrogas se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 23 de octubre de 1998.- El Director General,

Francisco Mencía Morales.

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