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BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO TECNICO (TECNICO MUNICIPAL)
Primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad mediante concurso-oposición de una plaza de Arquitecto Técnico correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 1997, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento.
Dicha plaza pertenece a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica de Administración Especial y está dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo B, Nivel 18 de complemento de destino y el complemento específico establecido.
El aspirante que resulte nombrado para esta plaza quedará sometido al sistema de incompatibilidad actualmente vigente.
Segunda. Legislación aplicable.
La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y Anexos correspondientes, y en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto-Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/84, de 2 de agosto; Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de Funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y por cualquiera otras disposiciones aplicables.
Tercera. Requisitos de los aspirantes.
3.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten al menos diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.
c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
f) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Arquitecto Técnico en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
3.2. Los requisitos establecidos en el punto anterior, así como otros que pudieran recogerse en los Anexos correspondientes, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de instancias.
Cuarta. Solicitudes.
Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en las instancias que les será facilitada en el Ayuntamiento de Armilla, dirigidas al Sr. Alcalde y presentadas en el Registro General del Ayuntamiento, junto con el
justificante del ingreso de la cantidad de 2.500 ptas. de derechos de examen, quedando exentos de pago todo el personal laboral y funcionario del Ayuntamiento de Armilla.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en un extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en horario de nueve a catorce horas en el Ayuntamiento de Armilla.
También podrán presentarse en la forma que determina el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Durante este plazo de presentación de instancias se adjuntará a las mismas relación de méritos y justificantes de los mismos (originales y fotocopias compulsadas de los mismos) por parte de los solicitantes, sin que sean tenidos en cuenta ni
valorados aquellos méritos que hayan sido adquiridos con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.
Quinta. Admisión de candidatos.
5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen por este
Ayuntamiento, se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia, resolución de la Alcaldía con la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos y en su caso, causa de no admisión.
5.2. Tanto para subsanar los errores de hecho como para solicitar su inclusión en el caso de resultar excluido, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días a partir del siguiente a aquel en que se haga pública la lista de aspirantes en el Boletín Oficial de la Provincia.
5.3. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas para ingreso en cuerpos y escalas de funcionarios, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Solo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
En las pruebas selectivas se establecerá para las personas con minusvalía que lo soliciten las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la
participación en la convocatoria.
Corresponderá a los interesados, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar
documentalmente a través del organismo correspondiente, su condición de minusválido.
En ningún caso será necesario la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo Público.
Sexta. Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador estará integrado, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.e) del Real Decreto 986/1991,
de 7 de junio, por los miembros siguientes:
Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.
Secretario: Un funcionario de carrera de este Ayuntamiento. Vocales:
- Un representante de la Comunidad Autónoma.
- Concejal Delegado de Personal.
- Secretario General de la Corporación o funcionario en quien delegue, siempre que pertenezca a la categoría A o B.
- Delegado de Personal.
- Un Concejal de la oposición a designar por el Pleno de la Corporación.
- Un Concejal del equipo de Gobierno a designar por el Alcalde.
Se incorporará al Tribunal con voz y sin voto, a manera de Asesor, el Arquitecto Superior don Casimiro Vera Romero, autor de las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes en Armilla y de todas sus pertinentes rectificaciones y modificaciones. En caso de imposibilidad del Sr. Vera Romero, el Alcalde-
presidente, designará un Arquitecto Superior, a ser posible conocedor de la normativa urbanística vigente en Armilla.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros suplentes, indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del que actúe como Presidente del Tribunal.
Al Tribunal le corresponderá dilucidar las cuestiones
planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes, teniendo, además, competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y no se hallen previstas en las bases.
Será, además, responsable del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos
establecidos, tanto para la realización y valoración de las pruebas como para la publicación de sus resultados.
Los miembros del Tribunal se abstendrán de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación de los mismos cuando concurran algunas de las causas previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/92, o cuando hubieran realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a esta
convocatoria.
Todos los miembros del Tribunal Calificador tendrán derecho a la percepción de asistencia y dietas en la forma y cuantía que señala la legislación vigente.
Séptima. Convocatoria y desarrollo de las pruebas.
El calendario de las pruebas, hora y lugar de su realización, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, conjuntamente con la relación de admitidos y excluidos, orden de actuación de los mismos y composición del Tribunal.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores.
Octava. Sistema de calificación.
La selección constará de las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición.
8.A) Fase de concurso: Será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
Constará de la valoración de los siguientes méritos:
8.A.1. Servicios:
A) I. Por año o fracción como Técnico en el Negociado o Area de Urbanismo del Ayuntamiento de Armilla: 0,75 puntos.
II. Idem en Negociados o Areas de Urbanismo de otros
Ayuntamientos: 0,10 puntos.
B) III. Idem para otras Administraciones, en dichas áreas o Negociados de Urbanismo, sea cual sea su denominación: 0,10 puntos.
Para otras Administraciones Locales o Estatales, directamente o indirectamente para empresas mixtas o sociedades estatales gestoras: 0,10 puntos.
C) IV.
I. Arquitecto Técnico con experiencia demostrada de más de 7 años en dirección de obra y redacción de proyectos: 2 puntos. II. Idem con experiencia de entre 4 y 7 años: 0,75 puntos. III. Idem con experiencia menor de 4 años: 0,25 puntos.
8.A.2. Cursos:
I. Cursos de Experto o Máster en materias urbanísticas de más de 250 horas lectivas: 1,00 punto.
II. Idem con menos de 250 horas lectivas: 0,30 puntos.
III. Seminarios o cursos en materia urbanística (planeamiento, disciplina o gestión) o de gestión catastral municipal de 40 horas o más lectivas: 0,30 puntos.
IV. Idem entre 40 y 20 horas lectivas: 0, 20 puntos.
V. Idem con menos de 20 horas lectivas: 0,10 puntos.
VI. Seminarios o cursos en materias generales relacionadas con la actividad de Arquitecto Técnico (Informática, Gestión inmobiliaria, Seguridad e Higiene, Restauración y
rehabilitación, Patología y otros similares), con más de 20 horas lectivas: 0,20 puntos.
VII. Idem con menos de 20 horas lectivas: 0,10 puntos.
8.A.3. Reconocimientos:
I. Agradecimientos, reconocimientos o felicitaciones por servicios prestados a la Administración Local: 0,30 puntos.
8.A.4. Nombramientos:
I. En comisiones específicas y otros relacionadas con el Ayuntamiento de Armilla: 0,30 puntos.
II. Idem en otros Ayuntamientos o Entidades Locales: 0,10 puntos.
8.B) Fase de oposición: Los aspirantes deberán realizar con carácter obligatorio y por escrito, los ejercicios tanto teóricos como prácticos referidos en los Anexos siguientes, calificados de 0 a 10 puntos cada uno siendo eliminatorios para los aspirantes que no alcancen 5 puntos mínimo en cada uno de ellos.
8.B.1. Ejercicio teórico: Consistirá en desarrollar en un máximo de 60 minutos y por escrito un tema que decida el Tribunal de los que figuran en la relación numerada que se acompaña y que podrá englobar en su redacción varios del temario si así también se decide por dicho Tribunal.
8.B.2. Ejercicios prácticos.
2.1. Redacción de un informe sobre concesión de una licencia de obras, en un máximo de 60 minutos, con aplicación de la figura de planeamiento vigente en el municipio y de la legislación aplicable a tal efecto.
2.2. Redacción de un esquema de tramitación de una figura de Planeamiento de desarrollo de las existentes en las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Armilla, en un tiempo máximo de 30 minutos.
Para superar la fase de oposición hay que obtener un mínimo de
5 puntos, quienes no superen dicha puntuación quedarán
eliminados del proceso selectivo.
A la puntuación obtenida en la fase de oposición se sumará la obtenida en la fase de concurso para aquellos aspirantes que tengan superada la fase de oposición.
Novena. Puntuación y propuestas.
Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, sin que en ningún caso pueda aprobarse ni declararse que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.
Seguidamente, el Tribunal elevará dicha relación junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante o aspirantes seleccionados, a la Presidencia de la Corporación a los efectos de los correspondientes
nombramientos.
Décima. Presentación de documentos, nombramiento y toma de posesión.
El aspirante propuesto aportará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base tercera de la convocatoria.
Quien dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentara la documentación, o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos necesarios, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.
Cumplidos los referidos trámites, se procederá al nombramiento en favor de aquel aspirante que hubiera obtenido plaza, quien deberá tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar desde el siguiente al que le sea notificado.
ANEXO I
MATERIAS COMUNES
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios
generales. Características y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley, clases de leyes.
Tema 4. El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.
Tema 5. El procedimiento administrativo local: Sus fases. El silencio administrativo.
Tema 6. Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 7. Organización y competencias municipales.
Tema 8. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 9. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio del Ente Local.
Tema 10. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisito de constitución. Votaciones, actas y certificados de acuerdos.
Tema 11. Las formas de acción administrativa de las Entidades Locales: Evolución histórica, clases y caracteres.
Tema 12. El Presupuesto Local, elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del presupuesto local.
ANEXO II
MATERIAS ESPECIFICAS
Tema 13. La Ley de Régimen del Suelo y Valoraciones. (Ley
6/1998), aspectos sobre la liberalización del suelo.
Tema 14. El Texto Refundido sobre la Ley del Suelo y Ordenación urbana de 26 de junio de 1992, como aplicación supletoria de legislación de la Comunidad Autónoma andaluza.
Tema 15. El Plan General de Ordenación Urbana. Las Normas Subsidiarias de Planeamiento. Las Normas Complementarias de Planeamiento.
Tema 16. El Planeamiento de Desarrollo. Planes Parciales. Planes Especiales. Estudios de Detalle. Discusión sobre la introducción del Proyecto de Urbanización.
Tema 17. Formación y aprobación de los Planes. Líneas generales de los diferentes procedimientos. Participación ciudadana. Suspensión de licencias como medida preparatoria. La aprobación definitiva y el juego del silencio positivo. La publicación.
Tema 18. El actual estatuto de la propiedad del suelo. Las clases de suelo y su régimen jurídico.
Tema 19. La declaración de ruina. De oficio. A instancias de particulares. El deber de conservación.
Tema 20. El control de la edificación y uso del suelo. Las licencias urbanísticas. Naturaleza jurídica de la licencia.
Tema 21. Competencia y procedimiento para el otorgamiento. La regla del silencio positivo. Eficacia de la licencia. El visado urbanístico colegial como técnica adicional de control.
Tema 22. Las infracciones urbanísticas. Clases y tipos de infracciones.
Tema 23. Servidumbres: De vistas, de luces, de paso.
Tema 24. El sistema de Compensación en la ejecución del Planeamiento.
Tema 25. El sistema de Cooperación en la ejecución del
Planeamiento.
Tema 26. El sistema de Expropiación en la ejecución del Planeamiento.
Tema 27. La revisión de Normas Subsidiarias del municipio de Armilla. Aspectos más importantes que la definen. El modelo territorial del municipio. Sectores emblemáticos que lo definen en dicha Revisión general.
Tema 28. Las Normas Generales de edificación en la revisión de Normas Subsidiarias del municipio de Armilla. Alineaciones, alturas, medición de alturas, ocupación y edificabilidad, entrantes, salientes y vuelos.
Tema 29. Condiciones de uso en la ordenanza general de
edificación de las Normas Subsidarias de Planeamiento de Armilla. Condiciones generales de cada tipología de
edificación.
Tema 30. Condiciones estéticas, ambientales, higiénicas y de calidad en las ordenanzas generales de las Normas Subsidiarias de Armilla.
Tema 31. Normas particulares y ordenanzas de las diferentes clases de suelo recogidas en las Normas Subsidiarias del municipio de Armilla.
Tema 32. Desarrollo de las Normas Subsidiarias del municipio de Armilla en suelo urbano no consolidado. Unidades de ejecución existentes.
Tema 33. El suelo urbanizable en el municipio de Armilla. Características, desarrollo, sistemas de ejecución.
Características particulares de cada ámbito de desarrollo.
Tema 34. El suelo no urbanizable en el municipio de Armilla. Características, ordenanzas específicas, normativa para el suelo no urbanizable protegido. Usos existentes.
Tema 35. Ordenanza municipal sobre actividades clasificadas.
Tema 36. Geografía básica del municipio de Armilla. Encuadre. Geología. Hidrología, flora y fauna. Biotopos. Clima y
microclima. Paisaje y ambientes. Espacios de interés
paisajístico.
Tema 37. Territorio y sociedad en el municipio de Armilla. Asentamientos y población. Estructuras territoriales. Redes de comunicación y servicios. Desarrollo histórico. Población y empleo. Demografía. Actividades económicas.
Tema 38. Concepto general de Proyecto. Proyecto definitivo. Documentación del Proyecto.
Tema 39. La oficina técnica municipal. Concepto,
funcionamiento, labores generales y particulares. La atención al ciudadano. Cometidos e incompatibilidades.
Tema 40. Contenido cartográfico de las Normas Subsidiarias de Planeamiento vigentes en el municipio. Clases de planos de información. Fichas urbanísticas.
Tema 41. Ponencia de valores de los bienes inmuebles de naturaleza urbana en el término de Armilla. Delimitación de suelo de naturaleza urbana y delimitación de polígonos de valoración referidos al planeamiento general.
Tema 42. Valoración del suelo en la Ponencia de valores de bienes de naturaleza urbana del municipio de Armilla. Criterios de repercusión. Campos de aplicación de coeficientes
correctores. Valoración catastral general y singularizada.
Tema 43. El catálogo de tipologías constructivas en la Ponencia de valores de bienes inmuebles urbanos en el municipio de Armilla.
Tema 44. La red de saneamiento del municipio de Armilla. Características, trazado general. Particularidades del sistema. Análisis del estado. Sistema de depuración y de colectores de vertido.
Tema 45. La red de abastecimiento de aguas del municipio de Armilla. Características, captaciones, depósitos.
Particularidades del sistema. Trazado general. Análisis de su estado.
Tema 46. Pliego de condiciones. Pliego general de condiciones de índole económica y de índole legal.
Tema 47. Fisuras y grietas. Movimientos en fábricas.
Desplazamiento en fachada. Desplazamiento de pilares.
Tema 48. Humedades.
Tema 49. Empujes de cubierta y de forjados. Reconstrucción de cubiertas. Refuerzos de forjados.
Tema 50. Tipos de contratación. Formas de adjudicación de obras oficiales. Fianzas.
Tema 51. El Real Decreto 1627/97, sobre Disposiciones mínimas de seguridad en las obras. Aplicación.
Tema 52. El estudio de seguridad.
Tema 53. Sistemas informáticos necesarios en la oficina técnica municipal. Programas de uso común. Aplicaciones.
Tema 54. Grúas torres. Normativa general de aplicación. Proyecto de instalación.
Tema 55. Actas de alineación y rasantes. Replanteos.
Tema 56. Actas de recepción de obras. La recepción provisional. La recepción definitiva. Concepto y particularidades.
Tema 57. Vías urbanas. Tipos y características.
Tema 58. Proyectos medioambientales. La evaluación de impacto ambiental.
Tema 59. El proyecto de ejecución de obras de derribo.
Documentos, actuaciones previas a la obra, protección de pasos y viandantes.
Tema 60. Análisis de las barreras usuales de los elementos urbanísticos: Viarios, plazas, parques y jardines, mobiliarios urbanos. Soluciones de accesibilidad. Decreto 77/1992, de la Junta de Andalucía sobre eliminación de barreras
arquitectónicas y accesibilidad a los edificios.
Armilla, 23 de octubre de 1998.- El Alcalde.
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