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El laboratorio dependiente de la empresa «GEOTEYCO, S.A.¯, localizado en Córdoba, Polígono Industrial Las Quemadas, Calle 2, Parcela 30, se encuentra inscrito en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, Sección Primera, con el número L033-24CO.
Solicitada por la empresa la cancelación de la acreditación concedida, de conformidad con lo establecido en la Orden de esta Consejería de 15 de junio de 1989, por la que se regula el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública, se estima que procede la cancelación de la inscripción.
En su virtud, a propuesta de la Secretaría General Técnica y en aplicación de la normativa citada, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:
Primero. Cancelar la acreditación concedida a la empresa «GEOTEYCO, S.A.¯, en la instalación sita en
Córdoba, Polígono Industrial Las Quemadas, Calle 2, Parcela, en la siguiente área inscrita:
«Area de ensayos de suelos, áridos, mezclas bituminosas y sus materiales constituyentes en viales (BOJA 28-11-92).¯
Segundo. Inscribir en el Registro de Entidades Acreditadas para la prestación de asistencia técnica a la construcción y obra pública la cancelación de la actreditación.
Tercero. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la cancelación producida.
Cuarto. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, previa comunicación a esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2º y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.
Sevilla, 15 de diciembre de 1997
FRANCISCO VALLEJO SERRANO
Consejero de Obras Públicas y Transportes