Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 08/01/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 17 de diciembre de 1997, por la que se reconoce con carácter provisional la Denominación de Origen Sierra de Cazorla.

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Vista la solicitud formulada por los productores de aceite de oliva de la comarca «Sierra de Cazorla¯ de la provincia de Jaén.

Considerándose necesario proteger unos aceites con características diferenciales, derivadas del medio, que integra parte del Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas y de las variedades cultivadas, es conveniente que dichos aceites cuenten con una reglamentación especial y un Consejo Regulador que se encargue tanto de la vigilancia y cumplimiento del Reglamento de la Denominación como de la materia prima utilizada, de los sistemas de extracción y elaboración y de su promoción en el mercado.

Vistos los informes de la Oficina Española de Patentes y Marcas y del Registro Mercantil Central y en virtud de las competencias asumidas por esta Consejería de Agricultura y Pesca, de conformidad con el Estatuto de Autonomía de Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, y las atribuciones que le confiere la Ley 25/1970, de 2 de diciembre (BOE de 5 de diciembre), y su Reglamento, aprobado por Decreto

835/1972, de 23 de marzo (BOE de 11 de abril), y el Reglamento (CEE) núm.

2081/1992, del Consejo de 14 de julio (L-208 de 24 de julio de 1992), relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios,

DISPONGO

Primero. Se reconoce con carácter provisional la Denominación de Origen «Sierra de Cazorla¯ para los aceites de oliva vírgenes tradicionalmente obtenidos en la zona.

Segundo. Se delega en la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria la facultad para designar un Consejo Regulador de carácter provisional, encargado de formular el proyecto de Reglamento particular de la Denominación de Origen «Sierra de Cazorla¯.

Tercero. La indicación «Denominación de Origen¯ no podrá ser mencionada en las etiquetas, publicidad y documentación hasta la aprobación definitiva del Reglamento y la constitución de su Consejo Regulador.

Cuarto. La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de diciembre de 1997

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca