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De conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 61 de la Ley
30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comúm, y habida cuenta que encontrándose doña Eva Giráldez Mateo en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.
Con fecha 26 de enero de 1998, la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de Jaén, en el expediente de protección de menores núm.
126/97, dictó Resolución acordando:
1. Declarar la situación legal de desamparo de la menor E.R.G., nacida en Jaén el día 17 de abril de 1994, y en base a tal declaración asumir su tutela.
2. Constituir el acogimiento familiar simple de la menor mediante la suscripción del documento de formalización de dicho acogimiento.
3. Caso de que la madre se oponga o no comparezca, constituir el acogimiento de forma provisional, a la vez que se acuerda presentar ante el Juzgado competente la oportuna propuesta de constitución judicial, en el plazo de 15 días.
Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, doña Eva Giráldez Mateo, con último domicilio conocido en la capital de Granada, C/ Puerta de los Guzmanes, 2, 1º, 1ª, podrá comparecer en la Delegación Provincial de Asuntos Sociales en Jaén, sita en Paseo de la Estación, núm. 19, 3ª planta.
Jaén, 26 de enero de 1998.- El Delegado, José Nieto Castro.