Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 07/03/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 28 de enero de 1998, por la que se concede la autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio al Centro privado Escuela Profesional Marcelo Spínola, de Umbrete (Sevilla).

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Visto el expediente instruido a instancia de don Salvador González Pérez, como representante de la entidad Presami, S.A., titular del centro docente privado «Escuela Profesional Marcelo Spínola¯, sito en Umbrete (Sevilla), Plaza del Arzobispo, núm. 1, solicitando autorización definitiva para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general.

Resultando que el centro privado «Escuela Profesional Marcelo Spínola¯, de Umbrete (Sevilla), por Orden de 19 de noviembre de 1990 (BOJA de 5 de diciembre) tiene autorización definitiva para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Primer Grado, con una capacidad de 12 unidades y

480 puestos.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, como se contempla en el art.9, punto 2º, del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la impartición de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio al centro privado «Escuela Profesional Marcelo Spínola¯, de Umbrete (Sevilla), y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional. Denominación específica: «Escuela Profesional Marcelo Spínola¯. Titular: Presami, S.A.

Domicilio: Plaza del Arzobispo, núm. 1.

Localidad: Umbrete.

Municipio: Umbrete.

Provincia: Sevilla.

Código del centro: 41011294.

Enseñanzas que se autorizan: Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

- Tres Ciclos de Técnico en Gestión Administrativa. Capacidad: 90 puestos escolares.

- Tres Ciclos de Técnico en Comercio.

Capacidad: 90 puestos escolares.

- Tres Ciclos de Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas. Capacidad: 90 puestos escolares.

Segundo. Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica

1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el centro mencionado podrá impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Primer Grado, que progresivamente irá reduciendo hasta la extinción de estas enseñanzas, de acuerdo con el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, citado.

Tercero. Aunque al centro le es de aplicación lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera.2 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, y en el artículo 54 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado y completado por el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, la presente autorización no supone otorgamiento del concierto educativo para Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, que deberá solicitarse de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2377/1985, de

18 de diciembre (BOE del 27).

Cuarto. La presente autorización surtirá efecto conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/92, de 20 de junio, y el centro irá implantando progresivamente las enseñanzas autorizadas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Quinto. Antes del inicio de las enseñanzas de Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Séptimo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de enero de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia