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En el recurso contencioso-administrativo número 1587/1994, interpuesto por Playfer, S.L., contra Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía número 14/01283/92, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, que es firme, de fecha once de noviembre de mil novecientos noventa y seis, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el presente recurso interpuesto por la entidad Playfer, S.L., contra las Resoluciones citadas en el Fundamento Primero de esta Sentencia, que anulamos por disconformidad con el ordenamiento jurídico. Sin costas.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de
1994, y de conformidad con lo establecido en los arts. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, propongo a V.I. acuerde el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 16 de febrero de 1998.- El Delegado, Antonio Hurtado Zurera.