Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 12/03/1998

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DEL COMERCIO

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO OPOSICION LIBRE DE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE OPERADOR DE TERMINAL EN ESTE AYUNTAMIENTO

Primera. Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante el procedimiento de concurso oposición libre de una plaza de Auxiliar Operador de Terminal, vacante en la plantilla de personal de este Excmo. Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, dotadas con las retribuciones básicas correspondiente al grupo D y complemento de destino 11 y complementarias específicas aprobado por este Ayuntamiento.

1.2. A quienes les corresponda cubrir esta plaza se le encomendará, entre otras, las siguientes funciones:

- Llevar a cabo actividades administrativas elementales, con arreglo a instrucciones recibidas o normas existentes.

- Realizar tareas de atención al público, informando de la marcha de los expedientes de acuerdo con las instrucciones de su superior en este sentido.

- Mecanografiar todo tipo de documentos, así como archivar y registrar expedientes.

- Manejo de equipos informáticos, tratamientos de textos, etc.

- Atender las llamadas telefónicas.

Segunda. Legislación aplicable.

2.1. Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 30/84, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/88, de 28 de julio; la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el R.D.L. 781/86, de 18 de abril.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder de aquélla en que falten menos de quince años para la jubilación por cumplimiento de los 65 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No estar incurso en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente.

Cuarta. Solicitudes.

4.1. La presente convocatoria y sus bases se publicarán en el BOP y referencia del anuncio de la misma se publicará en el BOE.

4.2. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud ajustada al modelo que se publica al final. La dirigirán a la Sra. Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Baseª de la convocatoria.

4.3. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.4. A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos, 2.000 pesetas, y que se ingresarán en la Tesorería Municipal, bien directamente, mediante giro postal o transferencia bancaria, debiendo hacer constar en la solicitud el medio empleado.

Se hará constar en el impreso el nombre y apellidos del aspirante, haciendo constar la inscripción a las pruebas de Operador de Terminal.

4.5. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso acompañarán a su instancia los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta, debiendo estar éstos referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes. Los documentos serán originales o fotocopias compulsadas.

Quinta. Admisión de aspirantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, con indicación en el último caso de las causas. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se concederá el plazo de subsanación para los aspirantes excluidos, de acuerdo con lo establecido en el art. de la Ley

30/92, de 26 de noviembre.

5.2. Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución que dice la Sra. Alcaldesa Presidenta declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos. Esta se hará pública en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el. Indicándose en la misma el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio, así como la composición del Tribunal.

5.3. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Sexta. Tribunal Calificador.

6.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal de la misma en quien delegue. Vocales:

1º Un representante de la Junta de Andalucía, nombrado por la Consejería de Gobernación.

2º Un Concejal del Grupo Municipal del PP a designar por la Corporación.

3º El Secretario del Ayuntamiento.

4º Representante del Servicio de Asistencia a Municipios de a Diputación Provincial.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

6.2. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

6.3. En la composición del Tribunal se verá por el cumplimiento del principio de especialidad de sus miembros, en base al cual la mitad al menos de los mismos deberá poseer una titulación correspondiente al mismo área de conocimientos que el exigido para el ingreso.

6.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros o suplentes indistintamente. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, y calificaciones correspondientes, teniendo además competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y no se hallen previstas en las bases.

Será además responsable del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos, tanto para la realización y valoración de las pruebas como para la publicación de sus resultados.

6.5. En caso de no hallarse presente el Presidente del Tribunal o suplente, asumirá sus funciones el Vocal de mayor edad. El de menor edad sustituirá al Secretario en caso de ausencia de éste o suplente.

6.6. Los miembros del Tribunal se abstendrán de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación de los mismos cuando concurran algunas de las causas previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/92 ya mencionada, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a esta convocatoria.

A estos efectos, el Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la LRJAP y PAC.

6.7. Todos los miembros del Tribunal Calificador tendrán derecho a la percepción de «asistencia y dietas¯ en la forma y cuantía que señala la legislación vigente.

Séptima. Convocatoria y desarrollo de las pruebas.

7.1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

7.2. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

7.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores.

Octava. Proceso selectivo.

8.1. El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas, deberán asegurar la objetividad y racionalidad de la selección:

1) Primera fase: Concurso.

Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos alegados y documentalmente justificados con arreglo al siguiente baremo:

a) Méritos profesionales.

1. Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local en puesto de igual o similar categoría a la plaza convocada: 0,10 puntos.

2. Por cada mes de servicios prestados en la Administración Estatal o Autonómica en puesto de igual o similar categoría a la plaza convocada: 0,05 puntos.

3. Por cada mes de servicios prestados en puesto de trabajo similar en este Ayuntamiento, sin perjuicio de la puntuación otorgada en el apartado 1 anterior: 0,20 puntos.

El máximo de puntos que se otorgue para valorar los méritos profesionales no podrá exceder de 7 puntos.

b) Cursos de formación: Siempre que se hayan impartido por organismo oficial de las Administraciones Públicas y se acredite su duración, se puntuarán conforme al siguiente baremo y hasta un máximo de 2,00 puntos. Acreditación por fotocopia compulsada en este Ayuntamiento.

Para que los cursos otorguen puntuación deberá tener una duración igual o superior a veinte horas y cada uno se valorará con 0,50 puntos.

La relación de aspirantes con la puntuación en fase de concurso se hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con una antelación mínima de 3 días al comienzo de los ejercicios de la oposición.

2) Segunda fase: Oposición.

1º Mecanográfico: Consistirá en transcribir durante diez minutos, en equipo informático, un texto, que facilitará el Tribunal, a una velocidad mínima de

100 pulsaciones por minuto.

2º Teórico: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas del cuestionario que se muestra a continuación. Para ello se dispondrá de 4 horas.

8.2. Estos ejercicios son obligatorios y eliminatorios. Se puntuarán de 0 a

10 puntos, siendo necesario para superarlos alcanzar un mínimo de 5 en cada uno de ellos.

8.3. La calificación de cada ejercicio será la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal.

8.4. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso, quedando seleccionado el aspirante que mayor puntuación haya obtenido.

Novena. Relación de aprobados.

9.1. El Tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación, con especificación de la obtenida por cada aspirante, en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento o en el lugar de celebración de las pruebas. Dicha relación será elevada a la Sr. Alcaldesa con propuesta de nombramiento a favor del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación.

9.2. El Tribunal no podrá proponer para su nombramiento un número de aspirantes superior al de la plaza convocada, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga este precepto.

Décima. Presentación de documentos.

10.1. En el plazo de 20 días naturales los aspirantes que figuren en la relación definitiva de aprobados deberán presentar en este Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la base 3ª de la Convocatoria.

10.2. Quienes en el plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentarán la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 3ª, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad de la solicitud inicial.

10.3. El plazo para tomar posesión será de 30 días naturales, a contar desde el siguiente al de la notificación al interesado de nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el R.D. 707/79, de 5 de abril.

Undécima. Recursos.

11.1. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados, en los plazos y formas establecidos en los arts. 107,

114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuestionario de temas para el ejercicio 2º, teórico, de la fase de oposición:

Tema 1. La Constitución española de 1978: Principios generales. Derechos Fundamentales y Libertades Públicas. Las garantías de las libertades y derechos. Suspensión de los derechos y libertades.

Tema 2. La Corona. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y funcionamiento. El Poder Judicial.

Tema 3. El Gobierno y la Administración del Estado. Organos del Gobierno. La Administración Pública en el Ordenamiento Jurídico español. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. El Derecho Administrativo.

Tema 4. La Organización Territorial del Estado. La Administración Local: Principios constitucionales. Las Comunidades Autónoma: Los Estatutos de Autonomía.

Tema 5. La Administración Local: Entidades que comprende y regulación actual. El Municipio: Elementos, organización y competencias. La Provincia: Organización y competencias.

Tema 6. Régimen de funcionamiento de las Corporaciones Locales: Sesiones y Acuerdos.

Tema 7. El Personal al Servicio de las Corporaciones Locales: Sus clases. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Derechos y deberes de los Funcionarios Locales. Retribuciones. Derechos Sindicales y de representación colectiva. La Seguridad Social de los Funcionarios Locales.

Tema 8. El Procedimiento Administrativo Local. El Registro de Entrada y Salida de Documentos. Expedientes administrativos. Comunicaciones y notificaciones. Las Certificaciones.

Santa Cruz del Comercio, 29 de octubre de 1997.- El Secretario, Eugenio Martínez López. La Alcaldesa, Angeles Jiménez Martín.

Diligencia: El puesto de trabajo a que se refiere la anterior convocatoria ha sido objeto de Oferta de Empleo Público del año 1997; publicada en el BOE núm. 289, de fecha 3 de diciembre de 1997.

Santa Cruz del Comercio, 5 de diciembre de 1997.- El Secretario, Eugenio Martínez López.