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A N T E C E D E N T E S
Por Resolución de 18 de diciembre de 1997 de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, se aprobó el calendario laboral vigente para 1998.
El artículo 3 de la citada resolución establece que, previa negociación, las Comunidades Autónomas determinarán los 5 días de jornada reducida si existe transferencia de medios personales.
En virtud de las competencias asignadas a esta Dirección General por el Decreto 84/1997, de 13 de marzo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
R E S U E L V O
1º Delegar en los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía la determinación de los 5 días de jornada reducida por fiestas locales en su ámbito provincial.
2º Dicha determinación se efectuará previa negociación con las Centrales Sindicales más representativas.
3º Las resoluciones que se adopten por delegación se indicará expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 19 de febrero de 1998.- La Directora General, Ana Isabel Moreno Muela.