La Junta
Consejo de Gobierno
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El artículo 35 de la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, somete al Instituto de Estadística de Andalucía al régimen de precios públicos regulado en la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Consejo de Gobierno por Acuerdos de 10 de enero de 1989 y de 20 de mayo de 1997, determinó los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos y autorizó al Instituto de Estadística de Andalucía a su percepción, por lo que procede la fijación de su cuantía de conformidad con lo señalado en el artículo 145.2 de la citada Ley 4/89, al cubrir la misma los correspondientes costes económicos.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el Título XII de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Artículo 1. Publicaciones.
El precio público por la venta de publicaciones editadas por el Instituto de Estadística de Andalucía queda fijado en la cuantía que se indica en el Anexo I.
Artículo 2. Servicio de información estadística y desarrollos metodológicos a medida.
El precio público por estos servicios se fija, en función del perfil técnico del personal que ejecute los trabajos y del tiempo necesario para su realización, conforme se determina en el Anexo II.
Artículo 3. Cursos de formación y seminarios. El importe de las matrículas relativas a los cursos, seminarios y talleres de formación, organizados por el Instituto de Estadística de Andalucía, se fija en función del número de horas lectivas de los mismos, de acuerdo con la tarifa señalada en el Anexo III.
DISPOSICION DEROGATORIA UNICA
Queda derogada la Orden de 21 de febrero de 1994, por la que se fijan los precios públicos de las publicaciones editadas por el Instituto de Estadística de Andalucía.
DISPOSICION FINAL UNICA. ENTRADA EN VIGOR La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de febrero de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Los formatos próximos a 10 x cm. llevarán un descuento del 40% sobre la tarifa anterior.
B) Soporte informático.
El precio público que regirá para la edición de las publicaciones en soporte magnético, óptico o análogo, se fija a razón de 800 pesetas el megabyte de la información que contenga el soporte.
VEANSE ANEXOS II y III EN EDICION IMPRESA DEL BOJA
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