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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 4 de febrero de 1997, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo número 1424/1996, promovido por Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisión Obrera de Andalucía, sobre Servicios Mínimos, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que, estimando el recurso contencioso-administrativo a que se refiere el Antecedente de Hecho primero de la presente Resolución, debemos declarar nula, y así la declaramos, la Orden de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía de 11 de junio de 1996, a que se refiere el mismo Antecedente, sin hacer expresa imposición de costas procesales.
Sevilla, 18 de diciembre de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.