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En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por haber sido intentada la notificación en los domicilios conocidos y no haberse podido practicar la misma, se notifica a las empresas que a continuación se relacionan, que se hacen públicas las Resoluciones dictadas en los recursos ordinarios interpuestos en los correspondientes expedientes sancionadores, significándoles que las mismas agotan la vía administrativa y que contra ellas cabe interponer recurso contencioso-administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente Edicto en el BOJA, significándoles igualmente que habrá de abonarse el importe de la sanción impuesta en cualquiera de las cuentas abiertas de las Entidades Colaboradoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía, cuenta restringida para la recaudación de tributos¯ de la respectiva provincia, en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación en BOJA de la presente Resolución, y que de no realizarse así, se procederá a su exacción por vía ejecutiva de apremio, siguiéndose el procedimiento del Reglamento General de Recaudación.
- Resol. Expte. 91/97, Acta 1272/96 de la Empresa Cristóbal Montiel Moreno, con domicilio en C/ Tarrasa, 15, 3º A, 04008, Almería, Empresa Solidaria: Construcciones Ejido Vilcas, S.L., por infracción a Leyes Sociales, y con imposición de sanción por importe de 251.000 pesetas.
Almería, 18 de febrero de 1998.- El Delegado, Blas Díaz Bonillo.