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Por Orden de le Consejería de Cultura de 31 de marzo de 1997 (BOJA núm. 44, de 15 de abril), se reguló la concesión de subvenciones destinadas a la promoción cultural de las Comunidades Andaluzas, asentadas fuera de Andalucía.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 9 de dicha Orden y de lo establecido en el art. 109 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma,
R E S U E L V O
Primero. Publicar la relación de Subvenciones otorgadas en el ejercido 1997, con cargo a la aplicación presupuestaria 481.00 del Programa 35G a las Asociaciones y Federaciones oficialmente reconocidas por la Junta de Andalucía como Comunidades Andaluzas asentadas fuera de Andalucía, y a Entidades sin fin de lucro para programación de actividades culturales andaluzas, la cual figura como Anexo de la presente Resolución.
Segundo. El destino y beneficiarios de las Subvenciones son los que a continuación se relacionan:
A) A las Asociaciones y Federaciones inscritas como Comunidades Andaluzas en el Registro Oficial creado por Decreto
368/1986, de 19 de noviembre, para la programación de actividades culturales andaluzas y de aquellas otras dedicadas a la protección, conservación y difusión de nuestra cultura en la zona geográfica de residencia, así como de producciones escénicas y musicales de compañías andaluzas y programas culturales de la Consejería de Cultura, y para equipamiento cultural.
B) A entidades sin fin de lucro, para la programación de actividades culturales andaluzas, y de aquellas otras dedicadas a la protección, conservación y difusión de nuestra cultura en la zona geográfica de residencia, así como de producciones escénicas y musicales de compañías andaluzas y programas culturales de la Consejería de Cultura, dirigidos a las Comunidades Andaluzas asentadas fuera de Andalucía.
Sevilla, 9 de febrero de 1998.- La Viceconsejera, Claudia Zafra Mengual.
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