Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 21/04/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 79/1998, de 31 de marzo, de adaptación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Secretaría del Consejero, Viceconsejería y Consejo Andaluz de Relaciones Laborales de la Consejería de Trabajo e Industria.

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PREAMBULO

El Decreto 316/1996, de 2 de julio, modificado en razón a la creación de la Consejería de Asuntos Sociales, por el Decreto del Presidente 382/1996, de 1 de agosto, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo e Industria requiriendo en consecuencia la adaptación de la relación de puestos de trabajo a esta estructura. Al mismo tiempo que se ha ido efectuando a través de diversas disposiciones la asignación de puestos entre las Consejerías de Trabajo e Industria y Asuntos Sociales y sin perjuicio de otras modificaciones encaminadas a la mejor adecuación de recursos, se han puesto de manifiesto necesidades de adaptación en cuanto funciones específicas, de una parte derivadas de la aplicación del Pacto por el Empleo y el Desarrollo Económico de Andalucía, en lo concerniente a la instrumentación de un servicio de resolución de conflictos en vía extrajudicial adscrito al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, y de actuaciones concernientes a la Secretaría del Consejero y a la Viceconsejería.

El presente Decreto aborda la citada adaptación, si bien por razones de oportunidad y necesidad se incluye en el mismo modificación particular que afecta a la Dirección General de Industria, Energía y Minas y que supone ajustar el perfil del puesto de servicio, cuyas funciones, en la actualidad, de promoción industrial, se corresponden preferentemente con las propias de gestión administrativa.

De conformidad con lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública Andaluza y en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día

31 de marzo de 1998,

DISPONGO

Artículo Unico. Adaptación parcial y modificación particular de la relación de puestos de trabajo.

Se aprueba adaptación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Trabajo e Industria, relativa a la Secretaría del Consejero, Viceconsejería y Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, así como modificación particular relativa a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, conforme a lo indicado en el anexo.

Disposición Adicional Unica. Modificación presupuestaria.

Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto y disposiciones derivadas de su desarrollo, de acuerdo con el procedimiento establecido.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.Sevilla, 31 de marzo de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]