Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 25/04/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 25 de marzo de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza a don Javier Gutiérrez Pellejero, Interventor del Ayuntamiento de Nerja (Málaga), a desempeñar las funciones del puesto de trabajo de Intervención, en el Ayuntamiento de Benalmádena (Málaga), en régimen de acumulación.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Municipio de Benalmádena (Málaga) acordó solicitar de esta Comunidad Autónoma mediante

Resolución de su Presidencia de fecha 24 de marzo de 1998, la autorización para la acumulación de las

funciones de Intervención, a favor de don Javier Gutiérrez Pellejero, Interventor del Ayuntamiento de Nerja (Málaga).

El Ayuntamiento de Nerja (Málaga), mediante Acuerdo de su Comisión de Gobierno de fecha 18 de

marzo de 1998, no pone reparos a que el indicado funcionario se haga cargo en forma acumulada de la

función de Intervención del Ayuntamiento de Benalmádena (Málaga).

La petición formulada por el Ayuntamiento de Benalmádena (Málaga) para que se autorice dicha

acumulación de funciones, está fundamentada en la necesidad de asistencia profesional para los asuntos

que afecten a la buena marcha de la Corporación, funciones éstas de carácter público y necesarias en

todas las Corporaciones Locales, tal y como dispone el artículo

92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

reguladora de las bases del Régimen Local.

Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo

establecido en los artículos 129 del Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril y 31 del Real

Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto

467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las

competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley 22/1993, de 29 de

diciembre, y Tercera, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de

Administración Local con habilitación de carácter nacional, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo único. Autorizar la acumulación de la función del puesto de trabajo de Intervención del

Ayuntamiento de Benalmádena (Málaga), a don Javier Gutiérrez Pellejero, NRP 17701907/68/A/3013,

Interventor del Ayuntamiento de Nerja (Málaga).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el art. 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma y el art.

109,

apartado d), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común n, se podrá interponer recurso contencioso-

administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General de conformidad con

el

art. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 25 de marzo de 1998.- El Director General, Jes s María Rodríguez Román.