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De conformidad con lo previsto en el artículo 25.1 de la Ley
6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, visto el informe a que se refiere el artículo 54.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y teniendo en cuenta la competencia que me delega la Orden de 8 de julio de 1996 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 87, de 30 de julio), esta Viceconsejería resuelve declarar desierto el puesto de trabajo que se especifica en el Anexo de la presente Resolución, convocado por Resolución de esta Viceconcejería de fecha 14 de enero de 1998 (BOJA núm.14, de 5.
2. 1.998).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en SE-GR-MA del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación (artículo 58.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), previa comunicación a esta Consejería, de conformidad con lo establecido en el artículo
110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 14 de abril de 1998.- El Viceconsejero, Antonio Fernández García.
A N E X O
DNI: Desierto.
Primer apellido:
Segundo apellido:
Nombre:
Código P.T.: 510765.
Puesto de Trabajo: Sv. Industria, Energía y Minas. Consejería/Org. Autónomo: Trabajo e Industria. Centro Directivo: Delegación Provincial.
Centro Destino: Delegación Provincial.
Provincia: Córdoba.
Localidad: Córdoba.