Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 14/05/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 24 de abril de 1998, por la que se financia la operación de crédito contraída por la Diputación Provincial de Málaga con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales incluidas en conciertos con el INEM y afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997.

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Determinada por Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los créditos que durante el ejercicio 1997 contraigan las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en concierto con el INEM y de acuerdo con el Programa de Fomento de Empleo Agrario, la Diputación Provincial de Málaga ha solicitado de esta Consejería, de conformidad con el Convenio tripartito Administración de la Junta de Andalucía/Banco de Crédito Local/Diputaciones Provinciales, así como con el suscrito entre la Administración de la Junta de Andalucía y dicha Diputación Provincial, la subvención a que hacer referencia el artículo 2 de la citada normativa, acompañándose de expediente en el que quedan debidamente acreditados los extremos a que hace referencia el artículo 4.1 del mismo Decreto.

Teniendo en cuenta la atribuciones que me confiere la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, de financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales con el Banco de Crédito Local para la ejecución de proyectos de obras municipales afectas al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997,

DISPONGO

Primero. Dentro de los límites establecidos por el artículo 3 del Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, se financian en un

75% las cantidades que en concepto de amortización de capital e intereses ha de sufragar la Diputación Provincial de Málaga al Banco de Crédito Local por los créditos concedidos por esta Entidad para la ejecución de los proyectos de obras afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario del ejercicio 1997.

Segundo. Se concede una subvención a la Diputación Provincial de Málaga por un importe total de 551.615.497 ptas. desglosado en las cantidades que figuran en el Anexo a la presente Orden y con destino a las Corporaciones Locales detalladas en el mismo, en el que consta, igualmente, las aportaciones de la Administración estatal, provincial y local.

Tercero. Los proyectos de obra que se subvencionan son los determinados en el acuerdo alcanzado por la Comisión Provincial de Seguimiento para el Programa de Fomento de Empleo Agrario de

1997 y para las Entidades Locales que se relacionan en el Anexo.

Cuarto. Conforme dispone el artículo 8 del Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, y a los efectos de financiar el coste de materiales de los proyectos de obras afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario de 1997, la Diputación Provincial de Málaga podrá disponer del préstamo suscrito con el Banco de Crédito Local por un importe máximo de 735.487.313 ptas.

Quinto. La Diputación Provincial de Málaga deberá remitir a la Consejería de Gobernación y Justicia antes del 31 de diciembre de 1998 valoración definitiva de las obras ejecutadas en los términos que establece el Decreto y el Convenio regulador del Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997.

En cualquier caso, el expediente correspondiente a la citada valoración debe aportar certificación acreditativa en la que se indique relación municipalizada de todos y cada uno de los proyectos de obras realizadas con indicación expresa de las cuantías finales aportadas por cada uno de los organismos participantes.

Sexto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, las Entidades Locales beneficiarias deberán colocar en cada obra afecta al Programa de Fomento de Empleo Agrario 1997 y en lugar visible, un cartel en el que consten expresamente las Entidades que cooperan en la financiación del mismo.

El logotipo de identificación corporativo de la Junta de Andalucía en dicho cartel deberá ajustarse al Decreto 127/1985, de 12 de junio, regulador del manual de identidad corporativo de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Se ordena la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como su traslado a la Diputación Provincial de Málaga y al Banco de Crédito Local, a los efectos pertinentes.

Sevilla, 24 de abril de 1998

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

CORPORACION APORTACION APORTACION APORTACION

LOCAL INEM JUNTA AND. DIP.PROV.

ALAMEDA 50.250.000 14.928.496 4.976.165.-

ALCAUCIN 7.792.268 2.337.680 779.227.-

ALFARNATE 14.475.215 4.342.564 1.447.521.-

ALFARNATEJO 8.014.406 2.404.322 801.440.-

ALGARROBO 13.216.491 3.964.947 1.321.649.-

ALGATOCIN 11.594.729 3.478.419 1.159.473.-

ALHAURIN DE

LA TORRE 15.731.421 4.719.426 1.573.142.-

ALHAURIN EL

GRANDE 9.454.401 2.836.320 945.440.-

ALMACHAR 29.500.000 8.850.000 2.950.000.-

ALMARGEN 10.616.794 3.185.038 1.061.679

ALMOGIA 23.532.841 7.059.853 2.353.284.-

ALORA 46.335.485 13.900.646 4.633.548.-

ALOZAINA 14.381.631 4.314.490 1.438.163.-

ALPENDEIRE 6.577.133 1.973.140 657.713.-

ANTEQUERA 96.253.115 28.875.935 9.625.311.-

ARCHEZ 5.052.389 1.515.717 505.239.-

ARCHIDONA 39.538.631 11.861.588 3.953.863.-

ARDALES 28.472.856 8.541.857 2.847.285.-

ARENAS 9.003.812 2.701.144 900.381.-

ARRIATE 14.403.070 4.320.922 1.440.307.-

ATAJATE 3.455.000 1.036.500 345.500.-

BENADALID 10.017.074 3.005.123 1.001.707.-

BENALMADENA 2.587.779 776.334 258.778.-

BENAMARGOSA 17.250.000 5.175.000 1.725.000.-

BENAMOCARRA 16.750.000 5.025.000 1.675.000.-

BENAOJAN 6.340.038 1.902.011 634.004.-

BENARRABA 6.982.789 2.094.836 698.279.-

BORGE (EL) 13.934.202 4.180.261 1.393.420.-

BURGO (EL) 20.064.603 6.019.381 2.006.460.-

CAMPILLOS 37.339.975 11.201.993 3.733.997.-

CAÑETE LA REAL 44.697.897 13.409.369 4.469.790.-

CANILLAS DE

ACEITUN0 11.459.930 3.437.979 1.145.993.-

CANILLAS DE

ALBAIDA 9.069.357 2.720.807 906.936.-

CARRATRACA 12.791.080 3.837.324 1.279.108.-

CARTAJIMA 8.644.753 2.593.426 864.475.-

CARTAMA 31.266.497 9.379.949 3.126.650.-

CASABERMEJA 16.177.944 4.853.384 1.617.794.-

CASARABONELA 16.523.151 4.956.945 1.652.315.-

CASARES 1.799.273 3.239.782 1.079.927.-

COIN 12.545.427 3.763.628 1.254.543.-

COLMENAR 28.500.698 8.550.210 2.850.070.-

COMARES 16.980.013 5.094.005 1.698.001.-

COMPETA 18.324.214 5.497.265 1.832.421.-

CORTES DE LA

FRONTERA 19.151.291 5.745.387 1.915.129.-

CUEVAS BAJAS 29.801.970 8.940.591 2.980.197.-

CUEVAS DE SAN

MARCOS 34.739.469 10.421.841 3.473.947.-

CUEVAS DEL

BECERRO 22.275.430 6.682.629 2.227.543.-

CUTAR 11.489.021 3.446.706 1.148.902.-

DIPUTACION

PROVINCIAL 0 0 0.-

ESTEPONA 2.508.000 752.400 250.800.-

FARAJAN 9.234.945 2.770.484 923.494.-

FRIGILIANA 8.778.008 2.633.402 877.801.-

FUENGIROLA 5.000.000 1.500.000 500.000.-

FUENTE DE

PIEDRA 17.031.546 5.109.462 1.703.154.-

GAUCIN 18.550.573 5.565.173 1.855.057.-

GENALGUACIL 9.319.130 2.795.738 931.913.-

GUARO 12.108.514 3.632.555 1.210.851.-

HUMILLADERO 31.385.450 9.415.634 3.138.544.-

IGUALEJA 6.226.487 1.867.946 622.649.-

ISTAN 2.384.801 715.440 238.480.-

IZNATE 8.658.150 2.597.445 865.815.-

JIMERA DE

LIBAR 4.284.362 1.285.309 428.436.-

JUBRIQUE 7.765.389 2.329.616 776.539.-

JUZCAR 5.983.560 1.795.068 598.356.-

MACHARAVIAYA 7.813.076 2.343.923 781.307.-

MALAGA 30.447.082 9.134.125 3.044.708.-

MANILVA 3.857.207 1.157.162 385.721.-

MARBELLA 3.963.521 1.189.056 396.352.-

MIJAS 4.000.000 1.200.000 400.000.-

MOCLINEJO 7.852.321 2.355.697 785.232.-

MOLLINA 25.260.831 7.578.249 2.526.083.-

MONDA 9.575.855 2.872.757 957.585.-

MONTEJAQUE 5.910.545 1.773.164 591.054.-

NERJA 15.061.066 4.518.320 1.506.107.-

OJEN 3.497.278 1.049.183 349.728.-

PARAUTA 7.244.149 2.173.244 724.415.-

PERIANA 33.772.153 10.131.646 3.377.215.-

PIZARRA 21.610.783 6.483.235 2.161.078.-

PUJERRA 3.800.304 1.140.092 380.030.-

RINCON DE LA

VICTORIA 10.128.272 3.038.483 1.012.827.-

RIOGORDO 36.309.599 10.982.879 3.630.960.-

RONDA 54.578.809 16.373.643 5.457.881.-

SALARES 5.454.601 1.636.380 545.460.-

SAVALONGA 6.313.097 1.893.929 631.309.-

SEDELLA 8.664.993 2.599.498 866.499.-

SIERRA DE

YEGUAS 24.525.772 7.357.731 2.452.577.-

TEBA 41.599.108 12.479.732 4.159.911.-

TOLOX 21.683.041 6.504.912 2.168.304.-

TORREMOLINOS 10.000.000 3.000.000 1.000.000.-

TORROX 26.037.997 7.811.399 2.603.799.-

TOTALAN 10.038.894 3.011.668 1.003.889.-

VALLE DE

ABDALAJIS 49.030.980 14.709.293 4.903.098.-

VELEZ-MALAGA 83.000.000 24.899.999 8.300.000.-

VILLANUEVA DE

ALGAIDAS 28.248.343 8.474.504 2.824.834.-

VILLANUEVA DE

LA CONCEPCI 25.280.824 7.584.248 2.528.082.-

VILLANUEVA DE

TAPIA 16.883.815 5.065.145 1.688.381.-

VILLANUEVA

DEL ROSARIO 25.338.835 7.601.650 2.533.883.-

VILLANUEVA

DEL TRABUCO 33.472.911 10.041.873 3.347.291.-

VIÑUELA 13.848.253 4.154.476 1.384.825.-

YUNQUERA 25.346.264 7.603.879 2.534.626.-

TOTAL: 1.839.206.660 551.615.497 183.871.816.-