Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 15 de diciembre de 1997, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número/1994, promovido por Carrillo, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Rechaza la causa de inadmisibilidad aducida por el Sr. Letrado del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Paz Calvo Pancorbo en la representación acreditada de Carrillo, S.A., contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 26 de abril de 1994 (Expte. ST-384/93), que declaró inadmisible por extemporáneo el recurso ordinario interpuesto por la actora contra la Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería en Granada, de fecha 24 de febrero de 1994, que aceptando el acta de infracción 1969/93, de 8 de octubre, le había impuesto sanción de quinientas mil cien pesetas, por infracción del orden social por aparecer tal acto administrativo conforme a derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 5 de mayo de 1998.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.