Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 26/05/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 5 de mayo de 1998, del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, por la que se acuerda la delegación de la competencia para la Resolución de subvenciones que dan lugar a la firma de convenios con las Universidades en las Delegaciones Provinciales de la Consejería.

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Las Universidades andaluzas vienen colaborando con la Consejería de Asuntos Sociales en determinadas materias de interés social para los sectores de población que son objeto de atención de esta Consejería. En los últimos años, esta colaboración ha tenido un gran desarrollo. El programa de alojamiento de estudiantes universitarios con personas mayores y personas con discapacidad ha sido seleccionado dentro del «Año Europeo de las personas mayores y de la solidaridad intergeneracional¯ como proyecto innovador.

Otros programas de utilidad social dirigidos a personas mayores son las llamadas Aulas Universitarias o universidades de la experiencia, que tienen por finalidad acercar la Universidad a las personas mayores.

Merece también destacarse las actividades de las Universidades andaluzas en los sectores de personas mayores, personas con discapacidad y primera infancia, realizadas por Facultades y Escuelas Universitarias, que a la vez que prestan un servicio asistencial o realizan una investigación de interés social, proporcionan a sus docentes el conocimiento y la experiencia necesaria para el desempeño de las disciplinas universitarias.

Los Convenios de Colaboración se financian mediante subvenciones con cargo a la aplicación 01.21.31.01.441.22C «Convenios con Universidades¯ del presupuesto del Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

De conformidad con lo previsto en el art. 104 de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Andaluza, corresponde a esta Dirección Gerencia la concesión de estas subvenciones, que pueden tener carácter de excepcionalidad, dado el interés social antes señalado y los supuestos referidos.En aras de la agilización y simplificación administrativa y la demarcación territorial de cada programa, es conveniente que estas subvenciones que avalan los referidos convenios se celebren en su ámbito provincial.

El Decreto 252/88, de 12 de julio, de Organización del IASS, modificado por el Decreto 80/97, de 4 de marzo, establece en su artículo 15, que en el ámbito provincial el IASS desarrollará sus funciones a través de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales.

El artículo 4º de la Orden de 24 de septiembre de 1996, de la Consejería de Asuntos Sociales, delega la facultad de celebrar Convenios en materia de Servicios Sociales en los Delegados Provinciales.

En base a ello y en virtud de las atribuciones que me están conferidas:

D I S P O N G O

Delegar en los Delegados Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales la competencia para resolver las subvenciones de carácter excepcional para los supuesto que dan lugar a los convenios de colaboración con las distintas Universidades de su ámbito competencial.

En las Resoluciones que se adopten en virtud de la presente delegación se indicará expresamente tal circunstancia.

Sevilla, 5 de mayo de 1998.- La Directora Gerente, Mª Dolores Curtido Mora.