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En el expediente instruido al efecto por el Ilmo. Ayuntamiento de Baños de la Encina (Jaén) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 22.2.l) y 47 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio.
Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén para dar conformidad a los expedientes de enajenación de bienes, cuando su cuantía no exceda del 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero, de desconcentración de competencias.
En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:
Primero: Prestar conformidad a la enajenación mediante permuta, acordada por el Ayuntamiento de Baños de la Encina (Jaén), en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de abril de 1998, de los siguientes bienes:
Descripción del bien municipal: Parcela con una superficie de
505 m¯ sita en la finca «Dehesa del Santo Cristo¯, de la que se segrega, con forma de rectángulo mixtilíneo compuesto de un rectángulo regular de 476 m¯ y un segmento circular yuxtapuesto al rectángulo en la fachada sur de 29 m¯.
Linderos: En todas las direcciones, con la finca matriz de la que se segrega.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Carolina, Tomo
584, Libro 58, Folio 166, Finca 3.105, Inscripción (finca matriz).
Valor pericial: Dos millones veinte mil pesetas (2.020.000 ptas.).
Descripción del bien particular: Solar número 17, sito en la Urbanización Campo de Fútbol con una superficie de 150 m¯.
Linderos: Norte, con Paseo del Sto. Cristo; Sur, con solar número 18, y al poniente con calle peatonal de nueva apertura.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de La Carolina, Tomo
1.407, Libro 119, Folio 35, Finca 6.845, Inscripción.Valor pericial: Un millón doscientas setenta y cinco mil pesetas (1.275.000 ptas.).
Doña María Dolores Moreno Serna, previamente al otorgamiento de escritura pública, habrá de ingresar en las arcas municipales la cantidad de 745.000 ptas. correspondiente a la diferencia de valores entre los bienes a permutar.
Notifíquese la presente Resolución al Ilmo. Ayuntamiento de Baños de la Encina y remítase al BOJA para su publicación.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes desde la publicación de la misma en el BOJA recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, bien directamente o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 13 de mayo de 1998.- La Delegada, María del Mar Moreno Ruiz.