Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 20/1/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 29 de diciembre de 1997, por la que se prorrogan becas de Formación de Personal de Apoyo Científico-Tecnológico a los grupos integrantes de la Red Andaluza de Aerobiología, correspondientes a las convocatorias de 1994, 1995 y 1996.

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Concluyendo el tercer período de disfrute de las Becas de Formación de Personal de Apoyo Científico-Tecnológico a los grupos integrantes de la Red Andaluza de Aerobiología, correspondientes a la Convocatoria de 1994 (Orden de 14 de abril de 1994, BOJA núm. 65, de 11 de mayo), el segundo período de la correspondiente a la convocatoria de 1995 (Orden de 14 de marzo de 1995, BOJA núm. 51, de 29 de marzo) y el primer período de las correspondientes a la convocatoria de 1996 (Orden de 15 de enero de 1996, BOJA núm. 20, de 10 de febrero), esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Prorrogar el disfrute de las citadas becas a los beneficiarios de las mismas, que figuran en el Anexo adjunto, hasta diciembre de 1998.

Segundo. La dotación de estas becas, con una duración de doce meses, cubrirá los siguientes aspectos:

1. Una asignación de 70.000 ptas. brutas mensuales.

2. Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica. Este último es extensible al cónyuge e hijos del beneficiario siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.

Tercero. Los beneficiarios están obligados a cumplir el régimen de formación establecido por el responsable del Grupo al que figuran adscritos, a permanecer en la Universidad de destino y trabajando en la línea de investigación, fijados en la Orden de adjudicación de las citadas becas.

Cuarto. Una vez finalizado el período para el que se ha concedido la beca, ante la posibilidad de prórroga, cuando proceda, los beneficiarios deberán presentar en la Dirección General de Universidades e Investigación un informe sobre los resultados obtenidos del responsable del Grupo al que figuran adscritos.

La no observancia de esta normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Quinto. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería de Educación y Ciencia, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 29 de diciembre de 1997

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

A N E X O

Convocatoria de 1994:

Alba Sánchez, Mª Francisca.

DNI: 24.219.682.

Granada.

Alcázar Teno, Purificación.

DNI: 30.535.040.

Córdoba.

Cariñanos González, Paloma.

DNI: 45.072.004.

Córdoba.

Recio Criado, Marta.

DNI: 25.097.255.

Málaga.

Convocatoria de 1995:

Morales González, Julia.

DNI: 51.898.188.

Sevilla.

Convocatoria de 1996:

Ruiz Valenzuela, Luis.

DNI: 26.014.027.

Jaén.

Tomás Rodríguez, Mª del Carmen.

DNI: 28.906.343.

Huelva.

Toro Gil, Francisco Javier.

DNI: 33.383.913.

Almería.

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