Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
BASES QUE HAN DE REGIR EN LA OPOSICION LIBRE CONVOCADA POR ESTE AYUNTAMIENTO PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ARQUITECTO SUPERIOR
Primera. Número de plazas, identificación, procedimiento de selección y retribuciones.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de oposición libre de una plaza de Arquitecto Superior, incluida en la oferta de Empleo Público de 1997, y encuadrada en Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Clase: Técnicos Superiores. Grupo de Clasificación A, del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. Nivel: 26.
Complemento específico: El establecido en la relación de puestos de trabajo.
Segunda. Requisitos.
Para ser admitido en la oposición se precisa reunir los requisitos siguientes:
- Tener nacionalidad española.
- Tener cumplidos 18 años de edad, y no exceder de aquélla en que falten al menos diez años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.
- Estar en posesión del título Arquitecto Superior o de hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. También será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa vigente.
Tercera. Solicitudes de admisión.
Las instancias solicitando ser admitido a la oposición habrán de expresar que el aspirante reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda de esta convocatoria, acompañándose a la solicitud el resguardo de haber ingresado en la Caja Municipal la cantidad de 3.000 ptas., en concepto de derechos de examen.
Las referidas instancias deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento y se presentarán en el Registro General del mismo, en horas de oficina, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, o por medio de alguno de los sistemas que señala el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarta. Lista de aspirantes, comienzo de los ejercicios y orden de actuación. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución en el término máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia¯, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, un plazo de diez días para que los aspirantes excluidos puedan subsanar o completar su documentación, con apercibimiento de que si no lo hicieran, se archivará ésta sin más trámite.
En la misma Resolución se expresará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.
Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.
La publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Provincia¯, será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Con anterioridad al inicio del proceso selectivo habrá de realizarse un sorteo en el que se determinará el orden de actuación de los aspirantes para aquél o aquéllos que no puedan realizarse conjuntamente, dándose publicidad a dicho sorteo en el Tablón de Anuncios.
Quinta. Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:
- Presidente: El de la Corporación, o miembro de la misma en quien delegue.
- Vocales:
El Secretario General de la Corporación.
Un representante de la Junta de Andalucía.
Un representante de la Junta de Personal de este
Excmo. Ayuntamiento.
Un representante de los Grupos Municipales de la Oposición. Un representante del Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Occidental. Un Arquitecto Superior designado por el Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación.
- Secretario: Un Administrativo de Administración General, que actuará con voz pero sin voto.
Los Vocales deberán poseer titulación o especificación iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.
Tanto para que el Tribunal quede válidamente constituido como para su actuación, se requerirá la presencia de, al menos, la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, más la del Presidente y Secretario o quienes les sustituyan.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
Sexta. Llamamientos.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
Los llamamientos de efectuarán mediante los correspondientes anuncios que se publicarán en el tablón de edictos de la Cada Consistorial y en el lugar de celebración de las pruebas.
Séptima. Lugar y calendario de realización de las pruebas. Los ejercicios de la oposición se celebrarán en dependencias municipales, y darán comienzo en la fecha y hora que se determine por la Alcaldía.
A partir del inicio de la oposición el Tribunal determinará la fecha para la práctica de las sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de setenta y dos horas ni más de cuarenta y cinco días naturales.
Octava. Desarrollo de la oposición.
La oposición constará de tres ejercicios, obligatorios y eliminatorios y serán los siguientes:
Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de tres horas, dos temas extraídos al azar, uno del Grupo I y otro del Grupo II, entre los del programa que figura en el Anexo I de esta convocatoria.
Segundo ejercicio. Será también escrito y consistirá en desarrollar en el plazo máximo de tres horas dos temas extraídos al azar, uno del Grupo III y otro del Grupo IV, entre los del programa que figura en el Anexo I de la convocatoria.
Tercer ejercicio. De carácter práctico que consistirá en la resolución, mediante informe razonado, de dos supuestos que planteará el Tribunal, inmediatamente antes del ejercicio, relativos a las funciones asignadas a la plaza convocada.
El tiempo de duración de este ejercicio será de tres horas.
Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán en todo momento, hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta de los que acudan provistos.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.
Los tres ejercicios deberán ser leídos obligatoriamente y con posterioridad a su desarrollo por los opositores, en sesión pública, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificada, en cuyo caso serán leídos por el Tribunal.
Si transcurridos diez minutos de exposición el Tribunal apreciara deficiencia notoria en la actuación del aspirante, podrá invitar a éste a que desista de continuar el ejercicio.
Novena. Calificación de los ejercicios.
Cada ejercicio será calificado hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.
El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de cero a diez.
El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal presentes, desechándose a estos efectos las notas máxima y la mínima cuando entre ambas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. En caso de que éstas fueran varias, se eliminará únicamente una de cada una de ellas.
En base a una mayor objetividad en la calificación, ésta se realizará mediante votación secreta cuando así lo requiera cualquier miembro del Tribunal.
El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios.
Décima. Publicidad de las calificaciones.
Finalizado cada ejercicio y una vez calificado éste, serán hechos públicos los resultados mediante anuncios suscritos por el Secretario del Tribunal que se insertarán en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y local de celebración de las pruebas.
Por este mismo procedimiento se publicará la relación de aprobados, por orden de puntuación.
Undécima. Propuesta de nombramiento.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, y elevará la correspondiente relación a la Presidencia de la Corporación, a efectos del nombramiento del aspirante propuesto.
Duodécima. Aportación de documentos.
Dicho aspirante presentará ante esta Administración, Negociado de Régimen Interior, dentro del plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuera mayor, el interesado no presentare la documentación, o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Si tuviera la condición de Funcionario Público estará exento de justificar las condiciones y requisitos, ya acreditados, para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Decimotercera. Nombramiento.
Finalizado el período de aportación de documentos, el órgano municipal competente efectuará el correspondiente nombramiento. Dicho nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial del Estado¯.
Decimocuarta. Juramento.
Una vez efectuado el nombramiento, antes de la toma de posesión, el nombrado deberá prestar juramento o promesa en la forma legalmente prevenida.
Decimoquinta. Toma de posesión.
El interesado deberá tomar posesión dentro del plazo de un mes, a contar desde el día de la fecha de notificación del nombramiento.
Cuando, sin causa justificada, no tomase posesión dentro el plazo señalado, decaerá en su derecho de hacerlo.
Decimosexta. Resoluciones del Tribunal. Impugnaciones.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes del a Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse nuevamente las pruebas o trámites afectados por la irregularidad.
También la presente convocatoria y sus Bases, así como los actos administrativos que se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en el Ley 30/1992, anteriormente mencionada.
Decimoséptima. Interpretación de las Bases e incidencias. Se atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estas Bases, y la resolución de incidencias y recursos, hasta el acto de constitución del Tribunal, en que se atribuirá a éste la facultad de interpretación y resolución de incidencias hasta la terminación de las pruebas.
Decimoctava. Derecho supletorio.
En lo no previsto en la presente convocatoria se estará a los dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Reglamento de Funcionarios de Administración Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás disposiciones aplicables en esta materia.
ANEXO I
GRUPO I
Tema 1. La Arquitectura en el mundo antiguo. Ejemplificación en la geografía andaluza. Evolución histórica en la Arquitectura desde el Medievo hasta el siglo XIX.
Tema 2. La Arquitectura de principios del siglo XX en Andalucía (Eclecticismo, Regionalismo, Modernismo). Inicios del Movimiento Moderno. Desde la postguerra hasta nuestros días. Tendencias actuales de la Arquitectura en Andalucía.
Tema 3. La organización administrativa del urbanismo. Competencias estatales, autonómicas y municipales.
Tema 4. El Derecho Urbanístico en la actualidad. La Legislación Urbanística vigente: Legislación Estatal y Legislación de las Comunidades Autónomas. Especial referencia a la Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 1/1997, de 18 de junio.
Tema 5. El Plan, Norma Jurídica. El sistema legal de planeamiento. Clases, jerarquía y coordinación de los instrumentos de planeamiento urbanístico. La ordenación urbanística en ausencia del planeamiento urbanístico.
Tema 6. El Planeamiento Supramunicipal. El Plan Nacional de Ordenación. Planes Directores Territoriales de Coordinación.
Tema 7. El Planeamiento Urbanístico Municipal. El Plan General Municipal de Ordenación Urbana. Las Normas Subsidiarias de Planeamiento. Las Normas complementarias de planeamiento. Los proyectos de delimitación del suelo urbano.
Tema 8. Planeamiento de desarrollo. Programas de Actuación Urbanística. Planes Parciales. Planes Especiales. Clases. Otros instrumentos complementarios: Estudios de Detalles, Proyectos de Urbanización y Catálogos.
Tema 9. Formulación, tramitación y aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico. Procedimiento de aprobación del planeamiento. El planeamiento de iniciativa particular: Documentación necesaria y procedimiento de aprobación.
Tema 10. Publicidad, vigencia y efectos de la aprobación de los Planes. Revisión, modificación y suspensión de los Planes. Su adaptación a las leyes o normas sobrevenidas.
Tema 11. La clasificación y calificación del suelo.
Tema 12. Las facultades urbanísticas. Su adquisición gradual. Derecho a urbanizar. Derecho al aprovechamiento urbanístico. Derecho a edificar. Derecho a la edificación.
Tema 13. La justa distribución de beneficios y cargas derivadas del planeamiento. Area de reparto de cargas y beneficios. Efectos de la delimitación de las áreas de reparto. El aprovechamiento tipo. Cálculo del aprovechamiento tipo.
Tema 14. Régimen urbanístico del suelo destinado a dotaciones públicas. Análisis del contenido del derecho de propiedad de los propietarios de los terrenos afectados. Consecuencias del incumplimiento de los deberes urbanísticos.
Tema 15. La ejecución del planeamiento y la gestión urbanística. Requisitos para la ejecución asistemática del planeamiento.
Tema 16. Unidades de ejecución.
Tema 17. Las diversas clases del aprovechamiento urbanístico. La gestión urbanística del aprovechamiento tipo. Actuaciones sistemáticas y asistemáticas. Las transferencias del aprovechamiento urbanístico.
Tema 18. La actuación sistemática. Los sistemas de actuación. Tipos, elección y cambio de sistema. Efectos sustantivos.
Tema 19. El sistema de compensación.
Tema 20. El sistema de cooperación.
Tema 21. El sistema de expropiación.
Tema 22. La obtención de terrenos dotacionales. Dotaciones públicas de carácter general. Dotaciones públicas de carácter local. Los procedimientos para la obtención de suelos para dotaciones públicas de carácter general o local.
Tema 23. La expropiación forzosa en la ejecución del planeamiento. Supuestos expropiatorios. Justiprecio. Procedimiento expropiatorio. Supuestos indemnizatorios.
Tema 24. Los patrimonios públicos del suelo. El Patrimonio Municipal del Suelo. El derecho de superficie. Los derechos de tanteo y retracto. El Registro de Solares y Terrenos sin Urbanizar. El Registro de Transferencias de Aprovechamiento Urbanístico.
Tema 25. Normas Subsidiarias de Planeamiento de Lucena. Aspectos más importantes de su contenido. Revisiones.
GRUPO II
Tema 1. El diseño urbano. Tendencias.
Tema 2. Edificios docentes.
Tema 3. Reglamentación de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Tema 4. Medio Ambiente. Competencias de las Corporaciones Locales. Actividades Clasificadas.
Tema 5. Orígenes y desarrollo de la ciudad moderna.
Tema 6. Planeamiento en ciudades antiguas.
Tema 7. Edificación en cascos histórico-artísticos.
Tema 8. La construcción prefabricada.
Tema 9. Importancia del Urbanismo como ciencia.
Tema 10. Implicaciones y futuro del Urbanismo.
Tema 11. Análisis crítico de la construcción en España.
Tema 12. La arquitectura del futuro.
Tema 13. El hábitat.
Tema 14. Sociología urbana.
Tema 15. Formación de las diversas técnicas urbanísticas.
Tema 16. Las vías urbanas.
Tema 17. Arquitectura en pequeños núcleos de
población.
Tema 18. Implicaciones y causas de la carestía del producto arquitectónico.
Tema 19. Régimen de viviendas de protección oficial.
Tema 20. Trascendencia social de la arquitectura.
GRUPO III
Tema 1. Las cesiones y las adquisiciones onerosas en el planeamiento urbanístico. La regulación en la legislación urbanística del valor de los terrenos. Criterios de aplicación en función de la clasificación del suelo en el planeamiento.
Tema 2. Valoraciones administrativas: Valoraciones fiscales de la Ley de Expropiación Forzosa. Valor Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Valoraciones fiscales en el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Tema 3. Valoración del suelo: Cálculo del valor urbanístico. El valor urbanístico en función del aprovechamiento. Indices correctores del valor urbanístico y del valor catastral básico del suelo. Los coeficientes correctores de situación. Los coeficientes correctores en función del grado de urbanización de terrenos.
Tema 4. Valoración de las construcciones o edificaciones. Cálculo del valor intrínseco de la construcción y los tipo de construcción. El valor de reposición. La depreciación: Causas principales y su aplicación práctica.
Tema 5. Proceso práctico en la valoración de los inmuebles. La información. Los procesos básicos de valoración. Factores a tener en cuenta en el proceso de tasación de un inmueble. Informe y dictamen de tasación.
Tema 6. El derecho y el deber de edificar. El derecho a la edificación. El deber de conservación. Las órdenes de ejecución de obras. La ruina urbanística. Concepto legal del estado de ruina. La «unidad predial¯. Procedimientos de declaración de ruina. La ruina inminente. Efectos de la declaración de ruina.
Tema 7. La intervención administrativa de las actividades de edificación del suelo y subsuelo. Las licencias urbanísticas: Concepto y naturaleza jurídica. Procedimiento de otorgamiento de licencias urbanísticas.
Tema 8. La disciplina urbanística. La protección de la legalidad urbanística. Actuaciones sin licencia o sin ajustarse a sus determinaciones. Actuaciones frente a licencias ilegales. Restauración del orden urbanístico en supuestos especiales derivados de la calificación del suelo.
Tema 9. Derecho urbanístico sancionador. Principios inspiradores. Las infracciones urbanísticas: Concepto, clases, efectos, prescripciones. Personas responsables de las infracciones urbanísticas. Las sanciones urbanísticas.
Tema 10. Procedimiento sancionador. La acción pública en materia urbanística.
Tema 11. Concepto del contrato de obras. De la clasificación de las obras. De los proyectos de obras. De los documentos de los proyectos. Contratos menores.
Tema 12. Los proyectos de obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación. Documentación que deben contener. Factores a considerar en la Memoria. Los Pliegos y las prescripciones técnicas particulares.
Tema 13. Cálculo de los precios de las distintas unidades. Costos directos e indirectos. Presupuestos de ejecución material y presupuesto de ejecución por contrata. Programa de trabajo.
Tema 14. Proyecto de obras de reparaciones menores, conservación, mantenimiento y demolición. Unidades de obra de imposible determinación. Fijación y utilización de la posible imprevisión. De los procedimientos y formas de adjudicación de los contratos de obras.
Tema 15. Del inicio de la ejecución de los contratos de obras. Comprobación del replanteo. La suspensión de la iniciación de las obras. Custodia y conservación de los materiales facilitados por la Administración. El cumplimiento de los plazos. De las prórrogas.
Tema 16. Modificación de los proyectos contratados. Supuestos en que procede. Diferencia entre la modificación e incremento de las menciones. Reajuste de plazos. La modificación y el empleo de la provisión especial para unidades de obras indeterminables.
Tema 17. Obras accesorias y complementarias. Límites para su adjudicación al contratista de la principal. Responsabilidad por defectos e imprevisión imputable al autor del proyecto. Las modificaciones no autorizadas. Responsabilidad de Funcionarios y Empresarios.
Tema 18. Abonos al contratista. Lo que se debe abonar y forma de abono. Abono a cuenta de operaciones preparatorias. La suspensión temporal de las obras. La suspensión por más de un año. El desistimiento. Resolución de contratos de obras. Causas. Efectos.
Tema 19. La recepción de las obras. La liquidación de las obras. El plazo de garantía. Responsabilidad por vicios ocultos. Devolución y cancelación de las garantías definitivas.
Tema 20. Ejecución de obras por la propia Administración. Supuesto en que procede. La elaboración de los proyectos de obras a ejecutar por la propia Administración. Obras de emergencia. La colaboración de empresarios particulares. Reconocimiento y comprobación de las obras ejecutadas por la Administración. Liquidación de obras por el sistema de coste y costas.
Tema 21. El contrato de gestión de servicios públicos: El anteproyecto de explotación. Modalidades de la contratación. Procedimientos y forma de adjudicación del contrato de gestión de servicios. Prescripciones técnicas en los contratos de suministros. Procedimientos y forma de adjudicación de los contratos de suministros.
Tema 22. Revisión de precios. Su procedencia en la contratación de las Corporaciones Locales. Contratos a los que le es de aplicación. Requisitos para que proceda la revisión de precios. Indices de precios. Procedimiento de revisión. Revisión en casos de demora en la ejecución. La aplicación de la revisión en los contratos de gestión de servicios públicos y de suministros.
GRUPO IV
Tema 1. La Constitución española de 1978. Estructura y principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 2. La organización política del Estado. La Jefatura del estado. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. El Poder Judicial.
Tema 3. La Administración del Estado. La estructura departamental y sus Organos superiores. Organos Consultivos. La Administración periférica.
Tema 4. La organización territorial del Estado en la Constitución española. Las Comunidades Autónomas. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Estatutos, competencias e Instituciones.
Tema 5. El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 6. El Municipio. Organización y competencias municipales.
Tema 7. La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. La personalidad jurídica de las Administraciones Públicas. Clases de Administraciones Públicas. Principios de actuación de las Administraciones Públicas: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
Tema 8. La sumisión de la Administración al Derecho. Fuentes del Derecho. Jerarquía normativa. El valor de la costumbre y los principios generales del Derecho.
Tema 9. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: Clases. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria.
Tema 10. El acto administrativo. Concepto y elementos. Clases. Requisitos, motivación y forma. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad y suspensión. La invalidez de los actos administrativos, actos nulos y anulables.
Tema 11. El procedimiento administrativo. Principios informadores. Fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Obligación de la Administración de resolver. El silencio administrativo.
Tema 12. Los recursos administrativos. Concepto y clases. Examen especial de los recursos ordinarios y de revisión. Las reclamaciones económico-administrativas. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.
Tema 13. La jurisdicción contencioso-administrativa. Concepto y naturaleza. Extensión y límites. El recurso contencioso: Las partes, procedimiento, recursos contra sentencias y ejecución de sentencias.
Tema 14. La legislación reguladora de los contratos de las Administraciones Públicas. Contratos administrativos y contratos privados de la Administración. Requisitos de los contratos. Organos de contratación. El contratista: Capacidad, solvencia, prohibiciones, clasificación.
Tema 15. Actuaciones previas a la contratación. Procedimientos, forma y criterios de adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato.
Tema 16. Los bienes de las Entidades Locales. Clases de bienes. El dominio público. Utilización del dominio público. Estudio especial de la concesión.
Tema 17. La responsabilidad de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.
Tema 18. La actividad de las Entidades Locales. Intervención, fomento y actividades económicas. Subvenciones. La policía administrativa y sus clases.
Tema 19. El servicio público. Concepto. Los modos de gestión del servicio público. La gestión directa. La gestión indirecta.
Tema 20. Los derechos reales. Concepto y clases. La propiedad. Modos de adquirir y perder la propiedad. El Registro de la Propiedad.
Tema 21. La posesión. El usufructo. La servidumbre. La compraventa: Concepto, elementos y contenido. El contrato de arrendamiento: Concepto y clases.
Tema 22. La sucesión «mortis causa¯: Concepto y clases. Heredero y legatario. Clases de testamentos. Sucesión forzosa. La sucesión intestada.
Tema 23. La empresa mercantil. Las sociedades mercantiles. Las sociedades colectivas y comanditarias. La sociedad anónima. La sociedad de responsabilidad limitada.
Lucena, 7 de noviembre de 1997.- El Alcalde, Antonio Ruiz-Canela Evangelista.
Descargar PDF