La Junta
Consejo de Gobierno
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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, artículos
109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma, en materia de Régimen Local.
En su virtud al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley
6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de una parcela, propiedad del Ilmo. Ayuntamiento de Albolote (Granada) a la Junta de Andalucía, para la construcción de un centro de salud, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 30 de mayo de 1996, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 151, de 3 de julio de 1996, y cuya descripción es la siguiente:
«Parcela de terreno, sita en el Pago del Tinar, y cuyos linderos son los siguientes: Norte, Sur y Este, con calle de nueva apertura, y Oeste, con zona verde, con una superficie de
1.728 m¯, finca registral núm. 8595, libro 104, folio 108, finca 8.505, inscripción 1ª¯
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Consejería de conformidad con el artículo
110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 2 de junio de 1998
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación y Justicia
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