Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 18/07/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Almería, notificando propuestas y resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se citan. (AL-384/96-EP y AL- 359/96-EP.)

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Vista la devolución efectuada por la Oficina de Correos de las Propuestas de Resolución y Resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que abajo se detallan, incoados por supuesta infracción a la normativa sobre Juego y Espectáculos Públicos y, en cumplimiento de lo establecido en los artículos

58 y 59.4 en relación con el art. 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación del Gobierno ha acordado su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, significando que, en el plazo de un mes desde la publicación del presente Anuncio, quedan de manifiesto los referidos expedientes en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, sito en el Paseo del Almería, 68, de Almería, pudiendo los interesados, dentro del plazo reseñado, presentar recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia.

Expediente: AL-359/96-EP.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Juan Gómez Parra (DNI 75.225.641), C/ Ausias March, 14, 6º E, 08010, Barcelona. Infracción: Art. 1 de la Orden de 14 de mayo de 1987 de la Consejería de Gobernación (hoy Consejería de Gobernación y Justicia), art. 81.35 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, y art. 26.e) de la L.O. 1/92, de 21 de febrero.

Sanción impuesta: Cincuenta mil ptas. (50.000 ptas.).

Expediente: AL-384/96-EP.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Don Juan Gómez Parra (DNI 75.225.641), C/ Ausias March, 14, 6º E, 08010, Barcelona. Infracción: Art. 1 de la Orden de 14 de mayo de 1987 de la Consejería de Gobernación (hoy Consejería de Gobernación y Justicia), art. 81.35 del Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, y art. 26.e) de la L.O. 1/92, de 21 de febrero.

Sanción impuesta: Cincuenta mil ptas. (50.000 ptas.).

Almería, 25 de junio de 1998.- El Delegado, Juan Callejón Baena.

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