Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 21/7/1998

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 25 de junio de 1998, de la Dirección General de Administración Local, por la que se adscribe en comisión de servicios a don Dionisio Miró Berenguer, Interventor del Ayuntamiento de Utrera (Sevilla), al puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), mediante acuerdo plenario adoptado el día 1 de junio de 1998, por el que se solicita la adscripción temporal en comisión de servicios al puesto de trabajo de Intervención de la citada Corporación de don Dionisio Miró Berenguer, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, NRP

28726492/46/A3013, así como la conformidad del Ayuntamiento de Utrera (Sevilla), manifestada en el acuerdo plenario de fecha

18 de junio de 1998, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asigna a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Conferir la adscripción en comisión de servicios de don Dionisio Miró Berenguer, NRP 28726492/46/A3013, actual Interventor titular del Ayuntamiento de Utrera (Sevilla), al puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), durante el período de tiempo de un año, corriendo a cargo de este último el pago de las remuneraciones debidas, significándose que tanto la prórroga como la revocación de esta Comisión de Servicios requerirá la conformidad de las Corporaciones afectadas y del propio funcionario.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con el artículo 48, apartado e), de la Ley 6/83, del Gobierno y la Administración de esta Comunidad Autónoma, y el artículo 109, apartado d), de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Dirección General, de conformidad con el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Sevilla, 25 de junio de 1998.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.

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