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El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 15 de junio de 1998, acordó adoptar el escudo heráldico y la bandera municipales que seguidamente se describen:
Escudo: De púrpura, báculo de oro en palo siniestrado de bellota rajada -a la manera de mitra- de plata, con el capuchón hacia abajo y adiestrado de racimo de uvas de plata. Al timbre, corona real cerrada.
Bandera: Rectangular en la proporción 11 x 18 con tres franjas paralelas entre sí y perpendiculares al asta, la primera y tercera, de 1/8 del ancho, de color morado, y la segunda o central, de 6/8, amarilla. Centrado y sobrepuesto el escudo de armas de la localidad.
A tenor de lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto
14/1995, de 31 de enero, por el que se regula el procedimiento para la aprobación y rehabilitación de Escudos Heráldicos, banderas y otros símbolos de las entidades locales de la Comunidad Autónoma Andaluza, el citado acuerdo y el expediente tramitado al efecto se someten a información pública en la Secretaría Municipal, en horario de 9 a 13 horas, desde esta fecha y hasta que transcurran 20 días tras la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que cualquier interesado formule alegaciones al respecto.
Umbrete, 2 de julio de 1998.- El Alcalde, Ramón Mier Salado.
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