Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Don José Manuel Romo Báez, con domicilio en Avda. Pino Montano, núm. 12 de Sevilla. Expediente sancionador núm.
271/97-ET.
Infracción: El pasado día 19-7-97, durante la corrida de toros mixta que iba a celebrarse en la Plaza de Toros Portátil de Rota, se produjo la inasistencia injustificada del banderillero don José Manuel Romo Báez, al manifestar su deseo de no torear, dando lugar a que el festejo tuviera que suspenderse. Arts.
33.1, 68.2 y 69.4 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, en relación con el art. 8.1 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, tipificada en el art. 15.l) de la citada Ley, y art. 18 de la Ley, en relación con el art. 95 del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, sobre potestades administrativas en materia de Espectáculos Taurinos.
Cádiz, 1 de julio de 1998.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.
Descargar PDF