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Por esta Delegación se dictó Resolución con fecha 19 de febrero de 1998, que se notificó reglamentariamente el 7 de abril de 1998, según BOJA núm. 39, por la que se le imponía a don Angel Romero Pizzamiglio, una sanción consistente en una multa de quince mil pesetas (15.000 ptas.), expediente sancionador número H-112/97-E.T. por infracción a la normativa sobre espectáculos taurinos, habiendo adquirido firmeza una vez transcurrido el plazo para presentar el recurso correspondiente, sin que conste en este Centro de acuerdo con lo dispuesto en el art. 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva en cualquier entidad colaboradora, utilizando la carta de pago núm. 046700291335/2, dentro de los siguientes plazos: Las notificadas entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción, se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio. El Secretario General. Fdo. Miguel A. Torres Díaz.
Huelva, 3 de julio de 1998.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.
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