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Al amparo de lo previsto en el Real Decreto 2159/1993, de
13 de diciembre, por el que se establecen medidas relacionadas con la peste porcina clásica, mediante la Orden de esta Consejería de 23 de abril de 1998, se declara oficialmente la presencia de un brote de peste porcina clásica en dos explotaciones del término municipal de Carmona, Sevilla, y se adoptaron medidas urgentes para su prevención. Dicha Orden ha sido desarrollada mediante la Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 6 de mayo de 1998, la cual además adaptó las zonas de protección y vigilancia en base a las circunstancias epizootiológicas.
Actualmente se ha detectado la presencia de focos secundarios de dicha enfermedad en explotaciones ubicadas en el mismo término municipal, por lo que procede declarar oficialmente la enfermedad y tomar medidas urgentes para su prevención.
En su virtud, a propuesta del Director General de la Producción Agraria, en uso de las facultades que tengo conferidas,
DISPONGO
Artículo 1. Declaración oficial.
Se declara oficialmente la presencia de nuevos focos de peste porcina clásica en tres explotaciones ubicadas en el término municipal de Carmona (Sevilla), incluidas en la zona de protección delimitada mediante la Orden de 23 de abril de 1998, adaptada y pormenorizada mediante Resolución del Director General de la Producción Agraria de 6 de mayo de 1998.
Artículo 2. Medidas y normativa aplicable.
A los efectos de la presente Orden y de la declaración efectuada, serán aplicables la Orden de esta Consejería de 23 de abril de 1998, por la que se adoptan medidas urgentes para la prevención de la peste porcina clásica, y la Resolución de 6 de mayo de 1998, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se dictan medidas adicionales para la prevención de la peste porcina clásica.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta al Director de la Producción Agraria para el desarrollo y ejecución de lo previsto en la presente Orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de julio de 1998
PAULINO PLATA CANOVAS
Consejero de Agricultura y Pesca
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