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Por medio del presente, se procede a notificar el auto de fecha 1 de abril de mil novecientos noventa y siete, dimanante del recurso dictado por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso 2412/96.
Auto cuya copia se acompaña.
Y para que sirva de notificación en forma a Distribuciones Ariza, S.L., expido el presente en Málaga, a trece de julio de mil novecientos noventa y ocho.- VºBº El Presidente,
El Secretario.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
Recurso núm. 2412/96.
Recurrente: Distribuciones Ariza, S.L.
Demandado: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Diligencia: La extiendo yo, la Secretaria, para hacer constar que el presente recurso procedente de T.S.J. de Andalucía ha tenido entrada en esta Sección en fecha .......... Doy fe.
A U T O
Ilmo Sr. Presidente: Don Gustavo Lescure Ceñal. Ilmos. Sres. Magistrados: Don Silverio Nieto Núñez y don Juan Ignacio Pérez Alférez.
En Madrid, a uno de abril de mil novecientos noventa y siete.
H E C H O S
Primero. Que en fecha 11 de octubre de 1996, tuvo entrada en esta Sección el anterior recurso proviniente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, al que se acompaña testimonio del auto de inhibición de fecha 25 de septiembre de
1995, así como diligencia de emplazamiento de las partes ante este Tribunal.
Segundo. Que las partes emplazadas no han comparecido ante este Tribunal, habiendo transcurrido el término del emplazamiento.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
Unico. A tenor de lo prevenido en el artículo 121 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y concordantes de la L.E.C., procede tener por caducado al recurrente en su derecho de personación y por decaído dicho trámite.
La Sala acuerda: Regístrese el presente recurso en el Libro correspondiente y no habiéndose personado las partes del mismo ante este Tribunal procede tener por caducado el recurrente Distribuciones Ariza, S.L., en su derecho de personación y por perdido en dicho trámite, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley Jurisdiccional.
Procédase al archivo del presente recurso una vez firme esta Resolución. Notifíquese este auto a las partes mediante exhorto que se dirigirá al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos. Sres. anotados al margen.
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