Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 24/01/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 8 de enero de 1998, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se concede una subvención con cargo al Fondo de Catástrofes y al amparo de la Orden que se cita.

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A N T E C E D E N T E S

Como consecuencia de las lluvias acaecidas en el territorio de las distintas Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, han provocado numerosas inundaciones ocasionando graves daños materiales en viviendas y enseres, siendo necesaria la reparación urgente de tales daños mediante la concesión de las correspondientes subvenciones, a tenor de lo previsto en el artículo 1º B) del Decreto 117/1989, de 31 de mayo, por el que se regula la concesión de las subvenciones a Corporaciones Locales.

El Ayuntamiento de Jimena de la Frontera presenta en esta Delegación la solicitud de subvención para paliar los daños en los enseres y viviendas de los vecinos de dicha localidad que se relacionan en el Anexo, así como gastos de albergue y primera intervención sufragados directamente por el Ayuntamiento por un importe total de 2.030.000 pesetas.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. La Consejería de Gobernación y Justicia destina para la provincia de Cádiz, mediante la Orden de 25 de noviembre de 1997, 2.000.000 de pesetas en concepto de enseres y viviendas, así como de gastos de albergue y primera intervención.

Segundo. El artículo 4 de la Orden citada delega la facultad de otorgar las subvenciones a los Delegados del Gobierno de la Junta de Andalucía.

Tercero. El pago de las subvenciones reguladas en la citada Orden se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 761.00.21.B, denominada «Fondo de Catástrofes¯.

Cuarto. Por la propia naturaleza de las Corporaciones Locales, como beneficiarias de estas ayudas, y el carácter finalista de la propia subvención, lleva implícita la declaración de excepcional y justificada la finalidad pública e interés social.

Evaluado positivamente el expediente, y vistas las disposiciones citadas y demás de general aplicación:

R E S U E L V O

Primero. Conceder a los beneficiarios y por las cuantías que se relacionan en el Anexo una subvención por importe total de 2.000.000 de pesetas que se transferirá al Ayuntamiento de Jimena de la Frontera para «Enseres y viviendas de los particulares afectados por inundaciones que se relacionan en el Anexo, así como gastos de albergue y primera intervención sufragados directamente por el Ayuntamiento¯.

Segundo. La subvención otorgada se hará efectiva mediante el abono de un único pago por el total de su importe, habida cuenta de que la cuantía individual de cada una de ellas no supera las 500.000 ptas.

Tercero. La justificación de la subvención percibida se realizará ante la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, en el plazo de tres meses desde su percepción, adjuntando la documentación que se indica a continuación:

- Certificación en la que conste haber sido registrado en la contabilidad de la Entidad el ingreso de la cantidad percibida, con indicación expresa del asiento contable practicado y que tal cantidad ha sido destinada al fin propuesto, conforme establecen los artículos 37 y 38 del RIJA.

- Certificación de que se ha procedido al pago a los beneficiarios de las cuantías y por los conceptos que se le asignaron.

Cuarto. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en todos y cada uno de los supuestos establecidos en el artículo 112 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con las consecuencias, en cuanto a la exigencia o no de interés de demora, que para cada uno de ellos establece el citado precepto legal.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a tenor de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cádiz, 8 de enero de 1998.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.

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