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Estando tramitándose el Decreto por el que se crean determinados Institutos de Educación Secundaria para el próximo curso 1998/99, se hace preciso disponer las medidas necesarias que permitan el desarrollo de la actividad administrativa en dichos Institutos, en orden a garantizar el funcionamiento de los mismos al comienzo del próximo curso.
Por ello, según el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto 158/1996, de 7 de mayo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, esta Delegación Provincial ha resuelto:
1º Delegar las competencias relativas a la puesta en funcionamiento y a la organización del curso académico 1998/99 en los Institutos de Educación Secundaria que se crean para el próximo curso, y que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución, en las personas correlacionadas en el mimo.
2º Esta delegación de competencias tendrá eficacia desde el 1 de julio de 1998 hasta el nombramiento de los órganos unipersonales que integran los Equipos Directivos de los referidos Centros.
3º El ejercicio de las competencias delegadas por esta Resolución conllevará los efectos económicos que proceden en concepto de servicios extraordinarios.
Cádiz, 20 de julio de 1998.- El Delegado, Salvador Pagán Fernández.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]