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La Orden de 22 de diciembre de 1998, de la Consejería de Gobernación y Justicia, regula el régimen de concesión de subvenciones a Entidades Locales constituidas antes del término del plazo de presentación de solicitudes para financiación de gastos corrientes originados en el marco de sus competencias en el presente ejercicio, atendiendo a los criterios de valoración establecidos en su art. 3.
Por los Ayuntamientos que se relacionan, se han formulado las correspondientes peticiones para la concesión de este tipo de subvenciones.
Vistos los expedientes por esta Delegación del Gobierno, y teniendo en cuenta las atribuciones que me han sido conferidas por la propia Orden de 22 de diciembre de 1998 en su artículo
8.2, he resuelto conceder las subvenciones que a continuación se relacionan, con especificación de las Entidades Locales beneficiarias, objeto e importes concedidos.
Ayuntamiento: Larva.
Objeto: Gastos corrientes.
Cuantía de la subvención: 2.000.000 de ptas.
Ayuntamiento: Sorihuela del Guadalimar.
Objeto: Gastos corrientes.
Cuantía de la subvención: 1.000.000 de ptas.
Ayuntamiento: Hornos de Segura.
Objeto: Gastos corrientes.
Cuantía de la subvención: 2.400.000 ptas.
Ayuntamiento: Bélmez de la Moraleda.
Objeto: Gastos corrientes.
Cuantía de la subvención: 2.000.000 de ptas.
Ayuntamiento: Baños de la Encina.
Objeto: Gastos corrientes.
Cuantía de la subvención: 2.800.000 ptas.
Ayuntamiento: Albánchez de Ubeda.
Objeto: Gastos corrientes.
Cuantía de la subvención: 2.000.000 de ptas.
Ayuntamiento: Torreblascopedro.
Objeto: Gastos corrientes.
Cuantía de la subvención: 2.800.000 ptas.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme al art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, o recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dicta el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a los arts. 116 y 117 de la Ley 4/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Jaén, 1 de septiembre de 1999.- La Delegada, María del Mar Moreno Ruiz.
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